lunes, 11 de mayo de 2026

EL INFARTO ES ACCIDENTE DE TRABAJO? FALLO RECIENTE DEL TS DE ESPAÑA

 


IMPORTANTE PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAÑA SOBRE INFARTO COMO ACCIDENTE LABORAL DE UNA TELETRABAJADORA

Fuente:”Noticias de Trabajo. Empleo Derecho Laboral

 Esperanza Murcia

Fecha de actualización: 10/05/2026 05:20 CEST

  …“Gracias a que la autopsia reveló que la trabajadora tenía el estómago vacío, se entendía que no se había tomado su descanso para comer”…

El Tribunal Supremo (España)  ha reconocido como accidente de trabajo el repentino fallecimiento por infarto de una mujer que estaba teletrabajando desde su propio domicilio, durante su jornada laboral flexible. El Alto Tribunal aplica la presunción de laboralidad apoyándose en un indicio determinante revelado por la autopsia: la víctima sufrió el ataque a las 15:00 horas con el estómago vacío, lo que apuntaba a que aún no había realizado su pausa para comer.

Un aspecto clave de la sentencia, y que sienta precedente, es que la empresa no aportó el registro horario exigido por ley. El Supremo determina que la imprecisión en el control del tiempo en el teletrabajo no puede perjudicar al empleado, recayendo sobre la empresa y la mutua la carga de demostrar que la trabajadora no se encontraba trabajando en el momento del suceso. Algo que no hicieron.

El viudo reclama para que se declare accidente laboral

El Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid estimó la demanda del viudo, declarando el fallecimiento como accidente de trabajo y condenando a la mutua al pago de las prestaciones de viudedad y orfandad. El juez aplicó la presunción de laboralidad basándose en el indicio de que la víctima tenía el estómago vacío a las 15:00 horas, lo que indicaba que aún no había comido y, por tanto, podía estar trabajando.

La mutua recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y este sí le dio la razón. El TSJ argumentó que, debido a la flexibilidad horaria, no se podía probar de forma indubitada que el infarto coincidiera con “tiempo de trabajo efectivo”, considerando ciertas incoherencias en el cómputo global semanal de horas. Fue el viudo quien, frente a esta sentencia, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El Supremo declara que es accidente laboral

El Tribunal Supremo estimó el recurso del viudo. El artículo 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social establece que “se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo”. El Alto Tribunal señala que no existe ninguna norma que impida aplicar esta presunción a los teletrabajadores, siendo el domicilio, en este caso, el “lugar de trabajo” indiscutido.

Aunque la trabajadora tuviera horario flexible, la Ley de Trabajo a Distancia y el Estatuto de los Trabajadores obligan a contar con un sistema de registro horario adecuado. El Supremo establece que, cuando la empresa tiene la posibilidad de controlar el horario y no lo hace (como en este caso, donde no se aportó el registro), el “contorno impreciso” del horario “no puede ir en contra de quien, como la trabajadora, presta servicios en teletrabajo”.

El Alto Tribunal también destaca la confluencia de varios datos objetivos a favor de la trabajadora: falleció a las 15:00 horas, en un día pactado de teletrabajo, y con el estómago vacío. Esto último era un indicio relevante de que a esa hora no había iniciado o finalizado su pausa para comer.

Además, criticó la postura del TSJ de Madrid, afirmando que exigir a los familiares que prueben el minuto exacto en el que la fallecida estaba trabajando frente a un ordenador supone un “indebido desplazamiento de la carga probatoria”. Ante indicios razonables de que estaba en tiempo de trabajo, correspondía a la empresa o a la mutua aportar pruebas en contrario (como, por ejemplo, los registros informáticos) para desvirtuar la presunción laboral, cosa que no hicieron.

En consecuencia, el Tribunal Supremo estimó el recurso del viudo y declaró que el fallecimiento por infarto constituyó un accidente de trabajo, ordenando el pago de las correspondientes prestaciones por muerte y supervivencia a cargo de la mutua.

 

miércoles, 6 de mayo de 2026

RESUMEN EJECUTIVO - OIT "El entorno psicosocial en el trabajo" Documento emitido para el día mundial de la seguridad y salud en el trabajo. 28 abril 2026

 Los riesgos psicosociales relacionados con el trabajo son una amenaza importante y creciente para la seguridad y la salud de los trabajadores, la productividad de las or ganizaciones y los resultados económicos en genera

l.  Según las nuevas estimaciones1 publicadas por la OIT por primera vez en el informe global, El entorno psicosocial en el trabajo: avances mundiales y vías de acción, los factores de riesgo psicosocial son responsables de más de 840 000 muertes anuales como consecuencia de enfermedades cardiovasculares y trastornos mentales asociados

2. Estos riesgos también provocan la pérdida de cerca de 45 millones de años de vida ajustados en función de la discapacidad (AVAD) cada año. Se calcula que el im pacto combinado de las enfermedades cardiovasculares y los trastornos mentales asociados a factores de riesgo psicosocial supone una pérdida anual del 1,37 por ciento del PIB mundial. 

3. En relación con esto, es importante recordar que las largas jornadas de trabajo, un factor de riesgo psicosocial crítico asociado a un mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares y accidentes cerebrovasculares, siguen siendo muy habituales. La OIT estima que, a nivel mundial, el 35 por ciento de los trabajadores trabaja más de 48 horas semanales (OIT 2022b). 

 4. La exposición a la intimidación y a otras formas de violencia y acoso es otra de las principales preocupaciones. La OIT estima que el 23 por ciento de los trabajadores de todo el mundo han sufrido al menos una forma de violencia o acoso en su vida laboral, siendo la violencia psicológica, que se sitúa en un 18 por ciento, la más fre cuente (OIT y 2022 Lloyd’s Resgiter Foundation). 

 5. En respuesta a las persistentes lagunas en la disponibilidad de datos a escala mun dial y a las preocupaciones relativas a la calidad y comparabilidad de las estadísticas sobre seguridad y salud en el trabajo (SST), la OIT publicó en 2025 un cuestionario dirigido a los puntos focales nacionales de estadísticas sobre SST. Los resultados in dican que el 37 por ciento de las instituciones que respondieron (41 de 111) tienen planes concretos para mejorar las estadísticas sobre riesgos psicosociales y salud mental en el trabajo dentro de los próximos cinco años (OIT 2025d). 

 6.  La integración en los marcos transnacionales de diálogo social sigue siendo lim itada. Sólo el 18 por ciento de los 338 acuerdos transfronterizos registrados entre 2000 y 2025 en el Repositorio del Diálogo Social Transfronterizo de la OIT (CBSD) abordan explícitamente la salud mental o los factores psicosociales en el marco de las disposiciones relacionadas con la SST. 

notas

1. Estas estadísticas se basan en la prevalencia y la fracción atribuible a la población (FAP) de cinco fac tores de riesgo psicosocial relacionados con el trabajo —tensión laboral, desequilibrio entre esfuerzo y recompensa, inseguridad laboral, jornadas de trabajo largas (≥55 horas semanales) e intimidación— utilizando un enfoque comparativo de evaluación de riesgos basado en datos de 2021 sobre mortal idad y años de vida ajustados en función de la discapacidad (AVAD) (Neupane, Takala y Descatha 2026). 

 2 Las enfermedades cardiovasculares incluyen los accidentes cerebrovasculares y las cardiopatías isquémicas, y los trastornos mentales incluyen la depresión.

lunes, 20 de abril de 2026

Cuando el trabajo enferma. Importante entrevista a la Psicoanalista Demianiuk de Pagina 12. Con particular referencia a Argentina

 

Entrevista a la psicoanalista Mariel Demianiuk

El trabajo que enferma: síntomas de una época bajo presión

Estrés, agotamiento extremo y pérdida de sentido son algunas de las formas en que este padecimiento se manifiesta hoy. Una mirada desde el psicoanálisis para pensar qué está en juego y cómo abordarlo.


Por Oscar Ranzani   20 de abril de 2026 - 0:01 (Valeria Ruiz)

Fuente Diario Pagina 12 Bs.As. Argentina

 

Durante mucho tiempo, el trabajo fue pensado como un organizador central de la vida: fuente de identidad, de ingresos y también de inscripción en lo colectivo. Sin embargo, en los últimos años esa función aparece cada vez más tensionada: jornadas extensas, incertidumbre laboral, hiperconectividad y exigencias de productividad configuran un escenario en el que el malestar psíquico deja de ser una excepción para volverse una experiencia extendida. Lejos de reducirse a un problema individual, el estrés laboral y el llamado síndrome de burnout invitan a ser leídos como síntomas de una época. En un contexto donde el rendimiento se vuelve mandato y el descanso casi una culpa, la dificultad para poner límites y sostener condiciones de trabajo saludables se vuelve una marca contemporánea. ¿Qué lugar ocupa el deseo en estas dinámicas?

 

¿Qué responsabilidad tienen las condiciones laborales en estos padecimientos? ¿Cómo se articulan las exigencias del mercado con la subjetividad?

 

Para abordar estas preguntas, Página/12 consultó a Mariel Demianiuk. Licenciada en Psicología, Demianiuk tiene una formación integral que articula el enfoque clínico, educativo y corporal desde una perspectiva psicoanalítica. Se desempeña como docente universitaria en Cámara Gesell en las prácticas profesionales de la Institución Fernando Ulloa, además de coordinar cursos y talleres sobre problemáticas contemporáneas como la autoexigencia, el estrés laboral y los procesos de subjetivación en contextos mediados por la tecnología. También es docente en la Universidad de la Mariana Mercante. Su práctica se distingue por la escucha activa, la adaptabilidad, el trabajo en equipo y un sólido compromiso ético con los procesos terapéuticos y humanos.

--En los últimos años se habla cada vez más de malestar en el trabajo. ¿Qué es lo que está pasando hoy con la salud psíquica en el ámbito laboral?

--Lo que está sucediendo hoy en día es una autoexigencia importante, muy importante, de la cual la persona no llega a recomponerse, a tener un equilibrio emocional y sigue agregando autoexigencia. El filósofo coreano Byung-Chul Han establece esto de la autoexigencia, de estar constantemente conectado, de exigirse a sí mismo, cuando antes quizá la exigencia venía de afuera y ahora es interna. Lo que también pasa es que estar conectado, estar trabajando, estar a full, hoy en día está bien visto. Y, a veces, uno lo ve hasta en las películas. Hay films en los que se ve la sobreexigencia laboral como algo positivo, como algo que te lleva al éxito.

--¿El trabajo se volvió más exigente o cambió nuestra forma de relacionarnos con él?

 

--Yo creo que cambió la forma en que nos relacionamos con el trabajo. Y creo que mucho también tiene que ver lo que beneficia y, por otro lado, los avances tecnológicos. Esto de estar hiperconectado 24-7, que quizá hasta las 2 de la mañana te acordaste que no mandaste un mail y levantarte y hacerlo, eso era impensado antes. Salías del trabajo y ya estaba. No había posibilidades ni siquiera de comunicarte telefónicamente si no tenías teléfono en tu casa.

--El estrés aparece muchas veces como parte “normal” del trabajo. ¿Cómo se puede pensar ese límite entre lo tolerable y lo patológico?

--Cuando comienza a extenderse en el tiempo. Si bien estrés tenemos todos y hay un cierto estrés que es saludable y necesario, porque si no, no tendríamos toda esta activación orgánica ante situaciones nuevas, ante situaciones que puedan llegar a ser peligrosas o que te genere mucha exigencia. Eso es lo que sería el estrés normal, el estrés bueno o positivo que te ayuda a alcanzar algunas metas o enfrentar situaciones nuevas. Cuando esto se empieza a ir de las manos, cuando llega un punto donde la desconexión con el trabajo, la desconexión con las situaciones que pasan en el trabajo, se vuelve crónico, ya empezamos a hablar de un estrés que tiene que ver con lo laboral crónico. De ahí pasaríamos después a un burnout si esto se extiende en el tiempo.

--¿Cuáles son las señales tempranas de que el trabajo está afectando la salud mental?

 

--Una de las señales que quizá la persona pueda llegar a tener es un agotamiento mental y emocional: esto de no poder dar más. Como es el mismo nombre del burnout, esto de sentirse “quemado”, agotado, no poder avanzar. Dentro del burnout, en particular, uno de los síntomas es la despersonalización, esto de que no te interesa, cierto cinismo incluso con las personas que están como compañeros laborales, con los clientes, pacientes o según cuál es el desarrollo que se haga en el trabajo. Y creo que esta cosa de sentir que nunca el descanso es merecido. Las primeras señales: se siente irritable, siente que no quiere estar en contacto con las personas. Es bastante común el aislamiento como primera señal. Y, además, situaciones quizás explosivas como que, de golpe, se pone a llorar, actúa con violencia, con agresión, porque está ya siendo superado. Si esto no tiene un tratamiento puede llegar a un punto de trastorno depresivo.

--¿Hay perfiles o profesiones que son más propensos a desarrollar burnout?

 

--Se comenzó estudiando el burnout por la doctora Christina Maslach, en lo que tiene que ver con la atención en salud, sobre todo los médicos, esto de tener el contacto con personas en estado de gravedad o de urgencia. Pero creo que todo lo que tenga que ver con las relaciones interpersonales hoy en día facilita bastante esta sensación incómoda o que pueda llegar a un estrés laboral crónico. Quizás no están los roles claros, no sabés cuál es el límite, en qué te tenés que ocupar o tener un jefe difícil, o trabajar en zonas en donde quizás haya quejas, reclamos. Y esto va inoculando progresivamente cada vez mayor cantidad de cortisol, de estrés.

--¿Se puede prevenir o es una consecuencia inevitable de ciertas condiciones laborales?

 

--Se puede prevenir. Llegar a un punto de estrés crónico tiene que ver también con la subjetividad de la persona. Ante una misma situación quizás a una persona no le afecta y a la otra sí. Hay métodos para prevenirlo. Hay algunos que tienen que ver con la persona, o sea, son individuales y los tiene que llevar adelante el sujeto. Y hay otros que tienen que ver con el entorno donde trabaja porque si está colapsado de trabajo, no tiene un rol claro, no sabe a quién tiene que responder, puede ser que a nivel laboral haya que cambiar ciertas reglas, ciertas normas. Pero dentro de lo que es personal, hay puntos que me parecen superinteresantes y que tienen que ver con la alimentación en primer lugar. Lo primero y fundamental es empezar a reconocer que hay cierta sintomatología que me está haciendo sentir mal, que ya empiezo a sentirme más estresada, más irritable, como que no llego a descansar lo suficiente, problemas con el sueño, pesadillas, en las que quizás te encontrás soñando con algo laboral, o quizás no poder disfrutar el tiempo en familia. Y cosas que antes te gustaban, como practicar algún deporte o pasarte el fin de semana entre la naturaleza, de golpe no las soportás o no te causa placer. Esos serían los primeros alertas a nivel individual. Hay que tener en cuenta esto de poder autoobservarse también. Me gusta un término que tiene que ver con la autocompasión, pero la autocompasión como ser amoroso con uno mismo, que a veces eso uno lo deja para el resto y no para sí mismo.

--¿Hay una dificultad actual para poner límites en el ámbito laboral?

 

--Una de las dificultades tiene que ver con la precarización del trabajo: que se trabaja por contrato, por obra, por algo chiquito y vos tenés que volver a buscar trabajo y estar constantemente activo para no perder algún tipo de oportunidad que se te pueda brindar en la vida porque si fallaste en algo, ya no conseguís el trabajo o no lo podés seguir manteniendo. Me parece que eso es un punto que hace que el trabajo hoy en día no dé la tranquilidad de tener una estabilidad, una obra social, como era antes. Sin decir que antes era maravilloso, pero generaba una mayor estabilidad en la persona. También, a veces, la dificultad como para conseguir ser reconocido, ser valorado o tener alguna posibilidad de ascenso, de crecimiento dentro del puesto laboral. Eso también, a veces, perjudica.

--¿El trabajo remoto alivió o intensificó el malestar psíquico?

--Por un lado, beneficia porque la persona no sale de su casa, se queda tranquila, piensa “Bueno, estoy todo el día en casa”. Pero es como que se pierde la línea entre lo personal y lo laboral. Entonces, quizás, en horario laboral me pongo a ver una película, y en horario de descanso, en vez de descansar me pongo a trabajar. O contesto mails cuando no los tendría que contestar y tendría que estar disfrutando en familia, con amigos o de algo que tenga que ver con lo personal. Entonces, es como que se desdibujó esa línea entre cuándo estoy trabajando y cuándo no. Y yo creo que genera menos productividad si se quiere, hablando de la productividad. Genera un estado de mayor distracción.

--¿Y qué lugar ocupa el deseo en el trabajo hoy? ¿Se puede trabajar sin deseo?

 

--Yo creo que no se debería trabajar sin deseo, pero me parece que esto mismo que genera el burnout tiene que ver con que el deseo se apaga. Solamente queda esto del padecimiento, del sufrimiento y de la autoobligación: no encuentro una salida. La única salida es volver a levantarme y hacer lo mismo que no quiero hacer. Con lo cual el deseo queda como bloqueado.

--¿El sufrimiento en el trabajo puede ser leído también como un indicador que “dice algo” sobre la posición subjetiva?

 

--Sí, claro. El sufrimiento laboral indica muchísimas cosas. Y una es no tener las herramientas suficientes como para ver qué hago. Por eso cuando uno se encuentra en estas situaciones, es interesante poder realizar algún tipo de tratamiento psicológico, que le permita tomar cierta distancia de esto que está sucediendo quizás a su alrededor.

 

--¿Y cuándo es momento de pedir ayuda profesional?

 

--Ir a terapia nos hace bien. Esto de poder validar muchas veces las emociones, ordenar un poco qué nos está pasando, poder descubrir, si se quiere, algunas salidas que no se nos habían ocurrido para la vida. Pero creo que cuando ya la persona siente que no puede despegarse del trabajo, que no puede dejar de pensar en el trabajo y esto le genera angustia, insomnio, mucha irritabilidad, antes de eso está bueno que se pueda acceder a un tratamiento psicológico. Y también todo lo que tiene que ver con los cambios de hábitos, porque a veces los propios hábitos generan mayor producción de cortisol. Y pasa a ser algo completamente orgánico este tipo de estrés.

--¿Qué pasa cuando alguien siente que su trabajo perdió sentido, por ejemplo?

 

--Estamos ahí en un burnout. Esto de no sentir que tenga utilidad es como quedar muy en el límite. Muchas veces uno podría, a grandes rasgos, decir “No, tendrías que cambiar de trabajo”. Pero no es lo que la persona puede hacer. A veces, queda dando vueltas en círculos en esta misma situación: la pérdida de interés, la pérdida de sentir que hay una realización personal, pero a su vez siente la imposibilidad de salir de esta espiral.

--¿Y qué responsabilidad tienen las empresas en el cuidado de la salud mental?

 

--Yo creo que hay un 50 y un 50, para algunas será menos, para algunas será más, pero me parece que está compartido. No es algo que sea exclusivo de la empresa o de la organización, ni tampoco de la persona. Sí me parece que hay puntos en los cuales se puede trabajar en conjunto. Uno de los puntos tiene que ver con escuchar al empleado, escuchar qué le está pasando, validar estas emociones, poder ubicar un espacio donde esta persona pueda conectarse con la empresa y saber qué le está sucediendo. A veces, hay cosas puntuales. Nosotros estamos hablando de un burnout que tiene que ver con algo que se extiende en el tiempo, pero a veces también se atraviesan situaciones familiares o personales o situaciones de duelo, en las cuales la empresa tiene que tener algún tipo de acompañamiento para esto. A veces, puede ser el sector de Recursos Humanos o un jefe que tenga quizás también algún tipo de taller, curso o algo, que tenga una escucha activa, que pueda entender qué le está pasando a su empleado y no que haya quizás un feedback solamente negativo para cuestionar ciertos comportamientos.

-¿Qué cambios culturales cree que son necesarios para mejorar toda esta situación que fue describiendo?

 

-Primero, establecer la importancia de la familia, de los amigos, del tiempo de ocio, el tiempo de la lectura. Creo que lo que está faltando quizás son intereses propios y como interés propio está el trabajo o el mantenimiento económico y no permite muchas veces esto de conectarse con lo espiritual, con lo relacional. Y cada vez se va tomando más distancia de lo relacional. Uno ve que quizás hay una persona que está sentada frente a la otra y cada uno está con su celular. Entonces, va generando, a mi entender, cada vez más distanciamiento. Es como que estamos cada vez más solos. Estamos conectados pero solos.

martes, 17 de febrero de 2026

¿Un proyecto de Modernización laboral? ¿O un disparo letal contra el orden público laboral de base constitucional? FAL y recargados para la in/seguridad jurídica

 (nota publicada en El Destape, Bs.As. Argentina 3.2.26)

¿Un proyecto de Modernización laboral? ¿O un disparo letal contra el orden público laboral de base constitucional?

FAL y recargados para la in/seguridad jurídica

Luis Raffaghelli[1]

1. La sociedad argentina en su conjunto debiera formularse este interrogante si se reconoce la importancia del mundo del trabajo y al sindicato como uno de los pilares del sistema democrático de convivencia humana.

Es probable que esa pregunta no sea masiva, pero hay muchas personas que sí se la hacen, me incluyo.

El proyecto legislativo del gobierno nacional y sus aliados es una pésima “desregulación” de los derechos individuales de las personas que trabajan y una “re-regulación” de los derechos colectivos para limitar la acción sindical de defensa de los derechos conculcados.

No hay modernización sino primitivismo legislativo, reacción al pasado injusto.

No hay reforma laboral sino tentativa de concretar una legislación anti-obrera y anti-sindical. Con una sola lectura basta para advertir ese sesgo regresivo.

No se incluyen los temas fundamentales de este tiempo como son los de seguridad, prevención y salud laboral, impactos de la IA y la digitalización en el trabajo, riesgos psicosociales del trabajo, cuestiones de género, propuestas de transformar seriamente la informalidad hacia la formalidad laboral, conforme recomendaciones de la OIT.

Ni atisbos de estudio sobre los cambios organizacionales de las empresas, sus modificaciones societarias, fusiones, transferencias a velocidades supersónicas y sus impactos en los colectivos laborales.

En caso de aprobarse el proyecto no veo posibilidades de que la negociación colectiva sea el instrumento del dialogo social y del mejoramiento de las condiciones de labor.

El valor esencial de la justicia social se exhibe sarcásticamente como una pieza del pasado o más: como un robo.

Literalmente el proyecto elimina su expresión del art.11 de la LCT y por ende desaparece como principio de interpretación y aplicación de la ley, al que todo Juez o Jueza que se precie de tal, debe acudir en el conflicto laboral.

Los “reformadores” quieren una modificación filosófica de las normas laborales con un cambio del sentido ontológico del trabajo definido por el histórico artículo 4 de la LCT como actividad creadora del hombre (y la mujer) en si para asimilarlo a una relación de intercambio y finalidad económica.

2.  Sabido es que el Derecho del Trabajo separa sus regulaciones individuales y colectivas, solo por razones metodológicas de estudio y exposición, ya que su objeto en la realidad no distingue esa división.

Históricamente el fruto de la huelga, la negociación colectiva y la organización sindical dio lugar a los pliegos con derechos individuales. Y así ocurrió luego desde lo colectivo a lo individual y viceversa para mover la rueda del progreso social.

Si tengo que elegir un aspecto brutal de esta proyectada regulación individual me inclinaría liminarmente por el denominado FAL (Fondo de Asistencia Laboral) que ha sido objeto de total descalificación por numerosas expresiones laborales, sindicales[2] y notables juristas del fuero[3] en tanto viola garantías como la protección contra el despido arbitrario y las condiciones dignas y equitativas de labor (art.14 bis, 75 inc.19,22 CN).

Además, perversamente crea un negocio de fondos extraídos de recursos previsionales y de la seguridad social, nada menos, con un enorme costo fiscal que beneficia al sector empresario[4].

La administración de este fondo expropiado sin indemnización a nuestros jubilados será otorgada a “entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV)”. Ese redireccionamiento de la masa salarial para pagar deudas laborales ha sido estimado en más de tres mil millones de dólares[5].

Las personas despedidas o que han perdido su trabajo tienen ahora un nuevo sujeto en el litigio…” las entidades habilitadas por la CNV” que nos trae malos recuerdos de la reforma previsional y de accidentes/enfermedades laborales (AFJP+ y ART).

Otras perlas son la afectación legal - además de la real – del salario; el debilitamiento de la protección contra la discriminación en el trabajo y la grave desnaturalización de la jornada de trabajo. Y la derogación de varios estatutos profesionales entre ellos el de periodista. Más depredación.

3.  El derecho de acceso a la justicia está garantizado por varias fuentes constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Pero este legislador en su embate decimonónico no se anda con chiquitas, también depreda un derecho propio del Estado democrático liberal de Derecho, además de social en este caso.

Si alguien acciona por derechos laborales no podrá invocar normas del Código Civil y Comercial, que son la diagonal que permitiría al trabajador/a afectado por esta reforma reclamar sus daños y perjuicios, idea enarbolada en la noche de la dictadura por el gran laboralista Horacio García Martínez.

Instrumentará la “Caducidad de instancia” un instituto propiamente procesal civil que ata las manos del tribunal del trabajo para impulsar de oficio el proceso si las actuaciones están paradas. Esa es la “igualdad” que proponen en causas de naturaleza originalmente desiguales.

Se debilitan y derogan presunciones a favor del litigante laboral y se discrimina al trabajador estatal remitiendo sin discusión alguna su reclamo al fuero contencioso administrativo, que es innegablemente una competencia con presunción de legitimidad para el Estado.

En los delicados reclamos de accidentados o enfermos por razones laborales limitan la investigación del perito oficial sometiéndolo al entorno digital de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de afinidad pro ART.

Obliga a la justicia del trabajo a aplicar los precedentes de la Corte Suprema de Justicia, coartando su facultad judicial de apartamiento con nuevos argumentos, implicando una discriminación inaceptable.

Por último, propone la disolución de la Justicia Nacional del Trabajo, con lo cual quita otra herramienta defensiva fundamental para la persona trabajadora y sus organizaciones gremiales.

Se ignora quién resolverá los temas judiciales federales sindicales que también han visto debilitado sus procedimientos administrativos con el Decreto 342/25 que desregula gran parte de estas competencias minimizando la actuación de la Secretaría de Trabajo.

Y si esto no fuera de por sí grave, cabe otra pregunta angustiante… ¿y a quien le importa?...

A la Corte Suprema de Justicia seguramente no, porque hace dos años que la causa del amparo promovido por la CGT en la que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decretó la invalidez constitucional del DNU 70/23 duerme plácidamente.

Y no fue problema porque el nuevo proyecto salvador copia en espejo muchos de los contenidos normativos de aquel tempranero engendro.

4.   Es evidente que el proyecto va contra la existencia misma del sindicato en las relaciones laborales o al menos para reducirlo a su mínima expresión, una escribanía menor.

Pero el ataque contra la entidad sindical no le es ajeno a sus afiliados y representados, porque el principal derecho defensivo, la huelga, se desactiva al considerar “esenciales” a todas las actividades en las que confluye el poder económico concentrado, el mercado y el objetivo recaudador oficial para cumplir la deuda externa.

El derecho de protesta y expresión propio de una sociedad democrática está en terapia intensiva, porque un bloqueo u ocupación de establecimiento puede significar despidos con causa sin indemnización y persecución administrativa al sindicato, con pérdida o suspensión de personería gremial y criminalización a sus dirigentes. Los ejemplos abundan.

Negociación colectiva de empresa, aislada y con prelación sobre la de actividad, más un sindicato también de empresa, manejable, es un viejo sueño gran empresario, no logrado en Argentina. Pero también van por eso.

5. Este intento de fijar, de plasmar otro orden jurídico laboral ya tiene pavimento: es el brutal ajuste fiscal, social, ciudadano y particularmente en el mundo del trabajo, el coctel que significa la enorme pérdida salarial de los dos últimos años y los miles de despedidos, suspendido y cierre de pequeñas y medianas empresas.

La seguridad jurídica de que alardea el Mensaje de Elevación del Proyecto solo podría ser lograda con mayor represión social, persecución sindical y amenazas a la justicia del trabajo, con riesgo de su elemental independencia, ya que las vulneraciones en que incurre el intento oficialista no le aventuran vida en los tribunales.

Es cierto que como en tiempos obscuros el miedo juega su papel disciplinador de rebeldías y oposiciones.

Si el Poder Legislativo Argentino no hace respetar la Constitución Nacional frenando este embate social regresivo estamos en riesgo de sufrir aun más, los efectos del horror económico que Viviane Forrester[6] denunciaba en 1996, producidos por el neoliberalismo, aparentemente hoy más perfeccionado que en sus rasgos iniciales.

El tratamiento “express” en “extraordinarias” de un proyecto con pretensiones fundacionales reaccionarias deja al descubierto el carácter autoritario y antidemocrático del gobierno y sus impulsores, evitando un debate amplio y horizontal en sesiones ordinarias, que escuche distintas visiones y propuestas, porque el tema lo requiere.

Pero eso no está ocurriendo y solo los afectados pueden evitar su avance. Luego será tarde para lágrimas.

 

Buenos Aires, 6 de febrero de 2026.

 

 



[1] Abogado. Magister en Ciencias Sociales del Trabajo. Ex Juez del Trabajo en la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y en la PBA. Docente de posgrado de Derecho del Trabajo.

[2] Foro para la defensa del Derecho del Trabajo y la Justicia Social. Coord. Roberto C. Pompa con participación de las centrales sindicales, numerosas organizaciones sindicales sociales y académicas.

[3] Ackerman Mario E. La inevitable inconstitucionalidad del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el arma de asalto para el blietzkrieg final contra la débil ciudadela de la protección” RC D 28/2026-3/febrero/26.

[4]CEPA “Aspectos impositivos y económicos de la reforma laboral”  Bs.As.3.2.2026…“el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que se nutre del 3% de la masa salarial bruta y viene a financiar despidos, ese 3% es compensable con contribuciones patronales y reducirá los fondos destinados a  jubilaciones, PAMI y Asignaciones Familiares”.

[5] Ackerman M.E. Obr.cit.pag.12.

[6] Viviane FORRESTER “El horror económico” (Fayard, 1996).