EL GOBIERNO INCORPORO HERNIAS, VARICES Y LUMBALGIAS AL LISTADO DE LAS ART
Fte: P.12 21.1.2014
Enfermedades viejas, cobertura nueva
El trabajador que padece esas dolencias a raíz de su actividad laboral recibirá atención automática de las aseguradoras.
El
Gobierno incorporó las hernias, várices y lumbalgias al listado de
enfermedades profesionales que deben cubrir las Aseguradoras de Riesgo
de Trabajo (ART). Esa medida había sido anunciada y acordada en
noviembre de 2012 por el Comité Consultivo Permanente de la Ley de
Riesgos del Trabajo, compuesto por el Ministerio de Trabajo, cámaras
empresarias y las centrales sindicales. Sin embargo, recién ayer fue
confirmada a través del decreto 49 publicado en el Boletín Oficial. El
trabajador que padece esas dolencias a raíz de su actividad laboral
podrá recibir atención automática a través de los prestadores médicos de
las aseguradoras, sin tener que reclamar por ello a través de la
Justicia, como sucedía hasta ahora.
La incorporación al listado de enfermedades profesionales fue
prometida como complemento a la Ley de Riesgos del Trabajo. Esa norma
fue sancionada a fines de octubre de 2012 con oposición de buena parte
del arco sindical, ya que instaló la “opción excluyente” entre la ART y
la vía judicial y dispuso que las acciones legales se cursen por el
fuero civil y no laboral, algo que había rechazado la Corte Suprema en
2004. La ley también estableció una suba inicial de las indemnizaciones y
su actualización en función de la evolución de los salarios del sector
formal. No avanzó en materia de prevención de accidentes y enfermedades
laborales.
Según datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT),
casi la mitad de los juicios se desatan por dolencias que las ART no
registran, de las cuales hernias, várices y lumbalgias son las más
relevantes. El dato refuta parte del argumento empresario de la
existencia de una “industria del juicio” y permite también explicar la
dificultad de incorporar esos padecimientos a la lista de enfermedades
cubiertas por las ART.
Se van a contemplar hernias inguinales directas, mixtas y las
crurales, no las indirectas, “en los casos donde el trabajador realice
carga física, dinámica o estática, con aumento de la presión
intraabdominal al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados”,
dice la norma.
Las tareas laborales en las cuales el trabajador puede sufrir
várices primitivas laterales (que son las que fueron incluidas) son
“aquellas cuyo desarrollo habitual requiere la permanencia prolongada en
posición de pie, estática y/o con movilidad reducida”, aclara el
decreto. Especifica que el reclamo ante la ART por várices puede
realizarse cuando el trabajador debe estar de pie en forma estática con
deambulación nula durante por lo menos dos horas seguidas en la jornada
laboral y cuando está de pie con deambulación restringida (menos de cien
metros) durante tres horas seguidas. También cuando debe portar cargas y
esté expuesto a cargas térmicas, bajo determinadas condiciones
especificadas.
Las lumbalgias cuya causa respondan a lesiones discales serán
contempladas cuando la tarea laboral requiera de movimientos repetitivos
y/o posiciones forzadas de la columna vertebral lumbosacra que en su
desarrollo requieren levantar, trasladar o empujar objetos pesados.
Hernias, várices y lumbalgias sólo se admitirán como enfermedad
profesional cuando la actividad laboral se ejecute por un período no
menor a tres años en forma continua o discontinua. El costo de los
tratamientos será cubierto por el Fondo Fiduciario para Enfermedades
Profesionales en su totalidad el primer año, luego el 50 por ciento y
estarán a cargo completamente como erogación regular de las ART desde el
tercer año.
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