* Fte. Ecos Diarios Necochea 17.12.2014
Por qué se deben respetar los derechos laborales de los presos
Nuestra Democracia mantuvo intocable la política que implementa en sus cárceles, el Servicio Penitenciario es amo y señor de la vida y de la muerte en los penales argentinos
Por Leandro Halperín*
El Estado no puede violar la ley. Sin embargo, a pesar de la
obviedad de esta premisa, un fallo de la sala II de la Cámara Federal de
Casación Penal le recordó al Poder Ejecutivo Nacional que el Servicio
Penitenciario Federal debe respetar y hacer respetar la legislación
vigente en las cárceles a su cargo. Particularmente se hizo referencia
en esta ocasión al trabajo en contextos de encierro, señalando la
imposibilidad de restringir derechos inherentes a todo trabajador,
incluyendo en dicha categoría a los que se encuentren privados de su
libertad.
La cuestión causó revuelo en la opinión pública y publicada. La
noticia se presentó inicialmente mal, muy mal. Se dijo entonces que:
"Los presos recibirán 4400 pesos por mes”. Sobrevoló entonces la
creencia que el estar detenido significaba acceder a ese beneficio
aunque con el correr de los días se enderezó la cuestión. El fallo
abarcaba sólo a los que trabajan en prisión; y de ellos apenas el 20 %
accede a un trabajo de 40 horas semanales, llegando así a la suma
indicada; el resto trabaja menos horas o directamente no tiene trabajo.
A partir de aquí fueron otros los cuestionamientos: "Deben pagar
por el alojamiento y la comida”, "Que indemnicen a la víctima”, "¿Por
qué tienen derecho a trabajar?”. La ley, la experiencia, la realidad y
el sentido común (el menos usado de los sentidos), pueden ayudarnos a
resolver estos planteos.
Un hombre detenido en el penal de Ezeiza trabaja en la imprenta de
la cárcel. La mayoría de los presos que trabajan no llegan a las 40
horas semanales, por lo que no cobran ni el salario mínimo
Corresponde señalar entonces que la pena privativa de la libertad
es la más grave de nuestro ordenamiento jurídico, y que su consecuencia
es la de permanecer en prisión durante el tiempo que la Justicia haya
determinado. Las personas que allí son alojadas pierden transitoriamente
el derecho a la libertad ambulatoria, pero también como lo señala el
artículo 18 de nuestra Constitución Nacional conservan todos aquellos
derechos que la Ley no cercena.
Que los presos reintegren parte de la inversión estatal y reparen a
la víctima es algo que también prevé la legislación vigente, la Ley de
Ejecución de la Pena (24.660) establece en su artículo 121 que: "La
retribución del trabajo del interno, deducidos los aportes
correspondientes a la seguridad social, se distribuirá simultáneamente
en la forma siguiente:
a) 10 % para indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito, conforme lo disponga la sentencia;
b) 35 % para la prestación de alimentos, según el Código Civil;
c) 25 % para costear los gastos que causare en el establecimiento;
d) 30 % para formar un fondo propio que se le entregará a su salida.”
Pero claro, ninguno de estos supuestos podría darse si no trabajan o si lo hacen en negro como ocurre en la actualidad.
Sobrevive entonces otro debate, que es el que no se da y que está
más allá de lo establecido por la Ley: ¿Cuál es el rol de la cárcel en
nuestra sociedad?
Para aquellos que desean lo peor para los presos, tienen que saber
que eso es lo que ocurre hoy. En Argentina el Estado delinque también en
contextos de encierro. En nuestras cárceles se mata, se tortura, se
viola, se corrompe. Las consecuencias del rumbo elegido por quienes nos
gobiernan están a la vista: la cárcel margina a sus prisioneros casi
definitivamente de una vuelta al medio libre que los integre
pacíficamente y perjudica a la sociedad que declama proteger porque
reproduce las conductas que sanciona.
No se trata de justificar a los autores de las acciones penalmente
reprochables, pero si de evitar la reiteración de las mismas y
comprender sus causas.
Dicen que es por nuestra seguridad cuando nos entretienen con el
debate sobre el código penal y el procesal penal, inútiles placebos para
una sociedad que está harta de tener miedo. Claro que son necesarias
las reformas pero no sirven para prevenir el delito. El Derecho Penal
llega tarde frente al conflicto que sanciona, no lo resuelve y en
ocasiones agrava el problema. Es hora de probar respetar la ley y
promover que todos la respeten, comenzando por el Estado, que si la
viola pierde autoridad moral para reprochar a quienes siguen su mismo
camino.
Nuestra Democracia mantuvo intocable la política que implementa en
sus cárceles, el Servicio Penitenciario es amo y señor de la vida y de
la muerte en los penales argentinos. Su principal herramienta es la
violencia y la transformación de lo que en el medio libre llamamos
derechos para abolirlos como tales y convertirlos en privilegios. El
resultado lo padecemos todos.
La seguridad es el principal problema de los argentinos y no parece
que nos vaya bien con el rumbo hasta hoy elegido. Debemos cambiar el
norte de las políticas públicas en materia penitenciaria. Promover el
acceso a la educación, la capacitación en oficios y el empleo. No son
opciones: es obligación del Estado garantizarlo. Hasta hoy no lo hace y
en las más de las ocasiones se ocupa de impedirlo. Claro que no será
medicina contra el delito, pero probar con el respeto por la ley y con
la creación de oportunidades, seguro será mejor que lo hecho hasta
ahora.
Hay que reducir el daño que la cárcel provoca a la sociedad, a sus
trabajadores y a los privados de libertad. El Estado debe respetar y
hacer respetar la Ley, nosotros exigir que así suceda; porque una
sociedad que clama por venganza y exige que se viole la ley para
satisfacerse, está condenada a reproducir lo que la atemoriza.
*Leandro Halperín es ex director del Programa UBA XXII, un programa
educativo dentro de las cárceles, y docente de Derecho Constitucional y
Derechos Humanos en la UBA
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