Jurisprudencia Nacional
D., M. A. s/ declaración de incapacidad
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION -
07/07/2015
Hace lugar al pedido de las hermanas de un
paciente que se encuentra desde hace más de veinte años en estado vegetativo
por un accidente de tránsito y, en consecuencia, ordena a los profesionales
médicos que se abstengan de proveerle el tratamiento que le prolonga
artificialmente la vida, con el fin de garantizar la vigencia efectiva de los
derechos del paciente en las condiciones establecidas por la ley 26.529. En referencia
a dicha norma, afirma que no fue intención del legislador autorizar las
prácticas eutanásicas, sino admitir en el marco de ciertas situaciones
específicas la "abstención" terapéutica ante la solicitud del
paciente. Agrega que la referida normativa prevé la situación de aquellos
pacientes que se encuentran imposibilitados de expresar su consentimiento
informado y, por ello, las hermanas se encuentran autorizadas a dar testimonio
de la volu ntad del paciente. Sin embargo señala que no se trata de que las
personas autorizadas decidan la cuestión relativa a la continuidad del
tratamiento médico en función de sus propios valores, principios o preferencias
sino que, como resulta del texto del artículo 21 de la ley 24.193 al que remite
el artículo 6° de la ley 26.529, ellas solo pueden testimoniar, bajo
declaración jurada, en qué consiste la voluntad de aquél a este respecto, es
decir que no deciden ni "en lugar" del paciente ni "por" el
paciente, sino comunicando su voluntad.
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