jueves, 30 de septiembre de 2021

Complicidad civil en los delitos de lesa humanidad en Argentina. Responsabilidad empresarial por derechos humanos

 Fte. Pagina 12 - 30.9.2021

Luciana Bertoia

Montaron un centro clandestino de detención en la planta de General Pacheco

Secuestros y torturas a 24 trabajadores de Ford: confirmaron las condenas contra dos exdirectivos de la empresa

La decisión del máximo tribunal penal del país representa un nuevo hito en el proceso de justicia en la Argentina y marca un avance en la sanción de la responsabilidad empresarial en crímenes de lesa humanidad.

 (Fuente: AFP)
. Imagen: AFP

La Cámara Federal de Casación confirmó las condenas de dos exdirectivos de la automotriz multinacional Ford por los secuestros y torturas a 24 trabajadores durante la última dictadura y por haber montado dentro de la planta de General Pacheco un centro clandestino de detención. La decisión del máximo tribunal penal del país representa un nuevo hito en el proceso de justicia en la Argentina y marca un avance en la sanción de la responsabilidad empresarial en crímenes de lesa humanidad con impacto internacional.

En 2018, el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de San Martín condenó a Pedro Müller a diez años de prisión y a Héctor Francisco Jesús Sibilla a doce años. Junto con ellos fue juzgado el poderoso comandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros, que recibió una pena de quince años de reclusión. Casi tres años después, la Cámara Federal de Casación --con los votos de Alejandro Slokar y Carlos Mahiques-- confirmó la sentencia contra los dos ejecutivos de la Ford. Guillermo Yacobucci, por su parte, únicamente convalidó la sentencia contra Sibilla, el jefe de seguridad de la planta de Pacheco, que la semana pasada cumplió 60 años desde su inauguración. Los tres jueces confirmaron la sentencia del multicondenado Riveros.

Veinticuatro trabajadores de la Ford fueron secuestrados después del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. A 17 de ellos los privaron ilegalmente de la libertad dentro de la propia fábrica y a nueve de ellos los tuvieron cautivos en un quincho que fue usado como centro de detención y tortura. Nada de esto pudo haber sido ignorado por quienes manejaban la planta, pese a sus esfuerzos por mostrarse ajenos.

Müller, de 90 años, integró entre abril de 1974 y abril de 1978 el directorio de la Ford, que era el órgano máximo de administración y decisión de la automotriz. En la práctica, era el número dos de la compañía y se convertía en el número uno cuando el presidente, Juan Courard, estaba de licencia. Eso sucedió en, al menos, tres oportunidades durante 1976, cuando se produjeron los 24 secuestros que investigó la justicia federal de San Martín.

Sibilla, que actualmente tiene 95 años, se presentó en las apelaciones casi como un testigo de la “ocupación militar” de la fábrica. Sin embargo, para entonces él era el jefe de seguridad de la planta y era alguien que conocía por dentro la estructura castrense. Había ingresado en 1946 en el ejército y pasado a retiro en 1962 con el grado de mayor. Al año siguiente, se incorporó a la empresa Organización de Protección Industrial (ORPI SRL), que ofrecía seguridad a la Ford de manera tercerizada. En julio de 1976, mientras estaba en pleno auge la represión a los obreros de la automotriz, Sibilla fue ascendido a teniente coronel. Para 2004, prestaba servicios en la embajada de los Estados Unidos.

“Se pudo comprobar la crisis económica que había padecido el sector automotriz desde principios de la década del ’70, de la cual esta empresa no fue ajena, aunada a la activa organización gremial de los trabajadores de planta durante los años 1975 y 1976; así a partir del 24 de marzo de 1976 Ford Argentina actuó mancomunadamente con las fuerzas armadas y de seguridad, con el fin de ejercer el poder represivo contra sus empleados. Para ello fue decisivo el trabajo en conjunto con los directivos, a los fines de individualizar y acallar a sus dirigentes gremiales, proscribir las huelgas y organizaciones sindicales y evitar de ese modo cualquier entorpecimiento que pudiera repercutir negativamente en los niveles de producción”, escribió Slokar en su voto.

"La firma y sus altos directivos no sólo conocían y colaboraban con las fuerzas ejecutoras del terrorismo estatal, sino que realizaron un aporte activo, directo y coordinado con el propósito de lograr una política de disciplinamiento que favoreciera los niveles de producción", añadió Slokar. "En ese orden, indicaron las víctimas que pusieron a disposición un sector donde funcionó el centro clandestino de detención dentro de la propia planta y facilitaron insumos, espacios y camionetas de la misma empresa para el traslado de las víctimas --atadas y encapuchadas-- desde sus domicilios hacia sus instalaciones u otros centros de detención, además de suministrar unidades sin patentamiento y documentación pertinente de los vehículos automotores modelo Falcon de la marca, ícono en el accionar represivo clandestino de la última dictadura cívico-militar”.

Un hito

La confirmación de las condenas contra Müller y Sibilla marca un nuevo hito en el proceso de justicia por crímenes de lesa humanidad, ya que el capítulo sobre los responsables empresariales de estos delitos es el que más resistencias y demoras judiciales acarrea. Los testimonios sobre lo ocurrido en la Ford comenzaron a brindarse desde el regreso de la democracia ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CoNaDeP). Las denuncias se reiteraron durante los juicios por la verdad y recién fueron ventilados ante un tribunal oral a partir de diciembre de 2017.

"Es una sentencia clave porque evidencia el entramado represivo dentro de las fábricas y la persecución de trabajadres y agremiados sindicales a partir del aporte del sector empresarial para el plan sistemático. Se lo utilizó, además, con un beneficio económico que se tradujo en la reducción de la gestión de conflictos laborales o gremiales", evaluó la fiscal Ángeles Ramos, que conduce la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad (PCCH).

Marcos Levín fue el primer empresario en ser condenado por delitos de lesa humanidad en calidad de dueño de La Veloz del Norte, una empresa de transporte de pasajeros ubicada en Salta y con sede en Tucumán. La condena fue en marzo de 2016, pero, al año siguiente, la Cámara Federal de Casación la revirtió. La Corte Suprema todavía no revisó la situación de Levín, aunque en una causa derivada ordenó que se lo siguiera investigando. En el caso de Ford, no sólo los dos ejecutivos están condenados, sino que esa sentencia fue confirmada por el máximo tribunal penal del país.

En los últimos tiempos se registró un avance también después de mucha espera: la Corte Suprema dejó sin efecto la falta de mérito con la que la Cámara Federal de Casación había beneficiado a Carlos Pedro Tadeo Blaquier por los secuestros producidos en 1976 en la zona de influencia del ingenio Ledesma. El mes pasado, fue finalmente elevado a juicio. En Tucumán, hubo procesamientos por los crímenes en el ingenio La Fronterita y en Norwinco. En marzo del año pasado, procesaron a dos ejecutivos de la siderúrgica Acindar, desde cuyo directorio saltó José Martínez de Hoz al ministerio de Economía de la dictadura. A contramano, la Cámara Federal de Casación absolvió a los hermanos Julio y Emilio Méndez que cedieron la chacra donde estuvo secuestrado el abogado laboralista Carlos Alberto Moreno, que defendía a los trabajadores de Loma Negra.

Según estimaciones de la PCCH, son alrededor de 30 las causas de responsabilidad empresarial con crímenes de lesa humanidad. El avance en ellas es desigual: hay algunas en las que los jueces jamás respondieron los pedidos de indagatorias, otras en las que los acusados civiles murieron o fueron separados del proceso y otras que están en pleno trámite. 

martes, 21 de septiembre de 2021

PODER PUNITIVO LAWFARE Y DEMOCRACIA - Reflexiones de Raul Zaffaroni

 

Suplemento especial de Pagina/12

RAÚL ZAFFARONI | LAWFARE, PODER PUNITIVO Y DEMOCRACIA  

Curso Internacional “Estado, política y democracia en América Latina”

21 de septiembre de 2021

 | Última actualización 00:20

 

Ex juez de la Suprema Corte de Justicia de ArgentinaZaffaroni ex juez de la Corte Suprema de Justicia de Argentina

“Lawfare” es una expresión paralela a “warfare”, utilizada para referirse a una guerra jurídica. Existe la impresión de que se trata de un fenómeno nuevo. Aunque, en alguna medida presenta características novedosas, si lo vemos desde la perspectiva general del derecho penal, no lo es.

Hay que distinguir el derecho penal auténtico o verdadero del derecho penal vergonzante. El derecho penal verdadero es aquel que ha servido a lo largo de la historia para contener las manifestaciones de ejercicio irracional del poder punitivo. El derecho penal vergonzante deriva de la Inquisición y se extiende también hasta hoy. Los penalistas, desde siempre, han destacado y reconocido la importancia del primero y ocultado la existencia del segundo. Nosotros nos creemos hijos de Beccaria, de Sonnenfelds, del Iluminismo. Pero no de la Inquisición. No conozco ningún instituto de derecho penal que se llame «Torquemada», por ejemplo, o que tome los nombres de los inquisidores o sus teóricos. Es decir, hay un derecho penal verdadero, que es aquel que sirve justamente para que no se desboque el poder punitivo, y un derecho penal vergonzante, que es aquel que se presta al desbocamiento, al desborde del poder punitivo.

Este derecho penal vergonzante descuartiza al derecho penal verdadero y aparece cíclicamente en la historia. El poder punitivo siempre ha tratado de ampararse en la amenaza de un mal cósmico que pone en peligro a la humanidad con grandísimos desastres, inclusive, con hacernos desaparecer. Cuando enfrentamos un peligro que pone en riesgo nuestra propia existencia, la reacción contra ese mal no debe tener límites. Así, los que desmienten la magnitud del mal o los que lo ponen en duda, se vuelven nuestros peores enemigos, porque deslegitiman la autoridad del que quiere ejercer ese poder punitivo de un modo ilimitado.

Lo grave es que, cuando ese poder punitivo se desborda, ¿quién lo ejerce? Una de las ilusiones que sufren los penalistas y muchos jueces es que son ellos quienes ejercen poder punitivo, y esto es mentira. A partir de ahí, empieza toda la confusión. Basta pararse en la acera de cualquier tribunal del mundo para darse cuenta de que, cuando bajan personas esposadas de un coche oficial, a esas personas no las salieron a buscar los jueces, los fiscales ni los abogados. No fueron ellos, los seleccionó la policía.

Lamentablemente, el poder punitivo descontrolado, que tuvo lugar en todo el mundo en el siglo pasado, cobró muchos millones de víctimas. Son muchas más las víctimas estatales de ese poder punitivo que la suma de todas las víctimas de los homicidios de iniciativa privada. Esas personas fueron victimizadas por las agencias que se suponía que tenían el deber de preservar nuestras vidas, nuestros bienes, nuestra libertad y nuestros derechos.

Si desaparecieran todos los penalistas, los jueces y los tribunales, el poder punitivo no desaparecería con ellos: por el contrario, se expandiría ilimitadamente. Así sería porque no existiría contención jurídica. Cada genocidio no ha sido más que una expansión del poder punitivo sin control jurídico.

Construimos sistemas allí donde interpretamos las leyes en forma racional, no contradictoria, y pretendemos que los jueces eleven eso a jurisprudencia a través de sentencias. Cada sentencia es un acto de un poder del Estado. Si es un acto de un poder del Estado, entonces es un acto político, un acto de gobierno de la polis.

Así, se usan amenazas de males cósmicos, a lo largo de toda la historia, para desarmar la verdadera función de contención del poder punitivo, que no es otra que la función de prevención de genocidios, en definitiva. A lo largo de la historia nos han amenazado con infinitos males cósmicos de diversa naturaleza, como las brujas, lo maligno, los herejes, la sífilis, la degeneración, el comunismo internacional, la droga o el alcohol. Podemos verificar que, en función de esas amenazas, se ha ejercido poder punitivo ilimitado. Se ha matado muchísima gente: a millones y millones.

Cabe preguntarse ¿alguna vez ese ejercicio de poder punitivo nos ha librado de algún mal? No. Algunos de los males cósmicos no eran tan cósmicos, o desaparecieron, o se diluyeron. A la sífilis se le encontró la cura en la penicilina, el comunismo internacional implosionó, y otros siguen siendo problemas, como el alcoholismo. Pero nunca ese poder punitivo resolvió ninguno de los males cósmicos que tomó como pretexto para expandirse, lo cual significa que siempre estuvo al servicio de otros intereses y que ha sido una permanente estafa, presente a lo largo toda la historia de la humanidad. Una estafa muy grave que reincide a lo largo de siglos.

Se vuelve a caer en la misma trampa. Nuestra civilización se comporta como aquel necio que todos los días cae en el timo del gato. Reiteramos el mismo error: creer que el poder punitivo nos va a resolver algún problema, que va a atacar algún mal cósmico que nos amenaza con destruirnos. Así fue a lo largo de mil años y así llegamos a este momento en esta región del planeta, en nuestra América Latina, región que lleva 500 años de resistencia contra el colonialismo.

El colonialismo se propagó a través de estafas diferentes. Primero, la originaria, un acuerdo con nuestras oligarquías nacionales. Luego, cuando los movimientos populares desarmaron o debilitaron a las oligarquías nacionales, se alienó a los oficiales de nuestras Fuerzas Armadas con la ideología de la Seguridad Nacional, la cual “nos iba a liberar del comunismo internacional”. Cada uno de estos males cósmicos venía entramado en una ideología que nos iba a ofrecer el «paraíso cósmico», esa suerte de ideología de racismo spenceriano: íbamos a ser todos inteligentes de cabeza grande después que se eliminara a todos los de cabeza chica. Esa ideología de volver a la sana comunidad germánica, aria, con un sentido innato de justicia; o bien lograr el igualitarismo perfecto después de la dictadura estalinista.

Muchos se prestaron a eso y descuartizaron el derecho penal. El tribunal del pueblo, el Volksgerichtshof nazi; Roland Freisler, ese payaso disfrazado de juez; Kuczynski, en las purgas estalinistas del ‘38. No es nuevo que alguien se ponga al servicio de la destrucción del derecho penal verdadero para construir un derecho penal vergonzante.

Pero el derecho penal verdadero tiene la virtud de renacer, esa virtud que tenía algún ente imaginario de la mitología que se podía reproducir de cualquier pedazo que quedase o que podía recuperar la cabeza si lo decapitaban. Así, el derecho penal verdadero crece de la innata pulsión de libertad de los hombres, de las mujeres y de los pueblos. Nunca logran matarlo del todo; en algún momento, crece.

En nuestra región se han producido, en todas esas etapas, momentos de sístole y diástole, momentos de altísima represión. El poder punitivo de nuestra región, por regla general, no fue formal. No pasaron a través de jueces la esclavitud ni la explotación que casi extingue a nuestras poblaciones originarias. Fuimos ocupados policialmente en el colonialismo originario. Luego, en el neocolonialismo cundieron todas las teorías biologicistas y racistas. Nuestras oligarquías pretendían estar llevando a cabo una labor humanitaria, porque eran los visionarios de la civilización frente a pueblos de indios mestizos, negros, mulatos y zambos a los que no podían dejar que se gobernaran porque todavía “no tenían la cabeza grande”, como decía Spencer. Entonces, ellos venían a cumplir esa benéfica labor de gobernar a la masa informe que todavía no había adquirido conciencia. Su ejercicio de poder punitivo era, fundamentalmente, policial. No menos genocida que el primario: a veces igual o más genocida. Después, vinieron movimientos populares a partir de la revolución mexicana del año ‘10, a partir de esa tragedia que fue, en el siglo XX, la más grave de las guerras civiles de la región. A partir de entonces, surgen gobiernos populares y vienen las resistencias a esos gobiernos.

Los gobiernos populares, seamos sinceros, pudieron a veces cometer errores, a veces ser autoritarios y a veces paternalistas. Pero todos los errores juntos de los gobiernos populares del siglo pasado empalidecen frente a las atrocidades que se cometieron para contener la ampliación de la base de ciudadanía real que esos gobiernos posibilitaron. Si sólo me limito a la de mi país, Argentina, puedo mencionar el golpe de estado del ‘55, la derogación de una Constitución Nacional por bando militar, convocatoria a una Asamblea Constituyente invocando poder revolucionario, fusilamiento por delito político sin proceso, proscripción del partido mayoritario durante 17 años, y la lista podría seguir. 

Se empleó el poder judicial para estigmatizar a nuestros líderes. 

Recuerdo nombres de jueces, algunos de los cuales, en aquellos años, todavía me enseñaban historia constitucional en la facultad. Lo recuerdo perfectamente. El odio y el desprecio hacia todo lo popular. La consideración de los líderes populares como corruptos y como inferiores, porque se supone que son apoyados por personas a quienes “todavía no les creció la cabeza”. Esta es la verdadera historia del “gorilismo”, del odio a todo lo popular.

El programa del neocolonialismo financiero

 

Hay algunos elementos nuevos en esta etapa de colonialismo en la que nos encontramos, porque enfrentamos un nuevo orden de poder planetario. La economía se ha financiarizado y las corporaciones del hemisferio Norte hoy tienen como rehenes a los políticos. No sufrimos el mismo imperialismo anterior, que era una empresa política encabezada por gobernantes en favor de su establishment. Ahora, los políticos del hemisferio Norte son lobbistas de las corporaciones transnacionales, y las corporaciones transnacionales no están manejadas por los dueños del capital, como en el viejo capitalismo productivo. Las conducen los chief executive officers (CEOs), tecnócratas que, si no cumplen la misión de conseguir la mayor ganancia en el menor tiempo, son desplazados. De este modo, no tienen ningún poder de negociación, la única alternativa es obtener el máximo de ganancia en el menor tiempo, a toda costa.

 

Así, van cayendo obstáculos éticos y legales, dando forma a este totalitarismo financiero que tiene una naturaleza criminal. 

Comenten macro-estafas, como la del 2008; llevan a cabo el vaciamiento y endeudamiento de Estados mediante administraciones fraudulentas, como sucedió en mi país; destruyen economías; realizan extorsiones como lo son todas las perpetradas por los holdouts; y son responsables de ecocidios que están poniendo en peligro la subsistencia de la especie humana en el planeta. La pandemia que estamos viviendo no es “porque a un chino se le ocurrió comerse un murciélago”. Es por los desequilibrios ecológicos que estamos causando y las transformaciones que provocan a nivel microscópico, que es donde nació la vida. Manejan y desconciertan a nuestras poblaciones a través de monopolios y oligopolios mediáticos que asumen, en esta nueva versión totalitaria, la función de los viejos partidos únicos. Son partidos únicos. Basta encender la televisión y escuchar a un comunicador para darse cuenta de que es un político en acción: están en permanente campaña. ¿Para qué? Para fabricar candidatos-virreyes que destruirán la economía a través del endeudamiento. Ese es el neocolonialismo que estamos sufriendo en las últimas décadas.

¿Cómo maneja el poder punitivo el neocolonialismo?

Primero, lo debe dirigir contra los excluidos, porque debe imponer un modelo de sociedad llamado “30-70”: 30% incluido, 70% excluido. Hay que contener al 70% excluido. Pero, también lo va a dirigir contra todo aquel que pueda obstaculizar sus intereses: políticos y dirigentes populares. 

Por esto los representantes del neocolonialismo se presentan como la antipolítica, porque “todos los políticos son corruptos”: el nuevo mal cósmico es la corrupción. En contraste, ellos son los impolutos y virginales que no son políticos. Ese es el discurso que se transmite en los monopolios y oligopolios mediáticos, estos partidos políticos únicos en permanente campaña.

También inventan una casta de parias en cada país, de la cual todos los demás tienen que distinguirse. Para hacerlo, ellos mismos recomiendan adoptar los lenguajes y los usos de las clases hegemónicas. Entonces, tenemos desconcierto en las clases medias, que reproducen discursos ridículos imitando a los sectores hegemónicos.

Además de todo esto, consiguen el apoyo de clases populares. ¿Cómo lo hacen? A través del poder punitivo. 

Muchas compañeras y compañeros piensan que el 70% destruido se podrá controlar con tanques de guerra, rodeando favelas, pueblos jóvenes, barrios precarios, villas miserias o bien con los cosacos del Zar. Pero, los cosacos del zar no existen. Lo que sí existe son los campos de concentración que tenemos en toda nuestra región y que suelen llamarse cárceles o institutos penitenciarios, donde hay una superpoblación del orden del 200% al 300%. Estos campos de concentración son manejados por los capos de alguna organización más o menos delincuencial que normalmente toma el control interno. Ahí sumergimos a pequeños ladroncitos.

Nuestra población penal debe tener un 20% de sujetos por homicidios, violaciones y otros crímenes graves como máximo. El resto es pequeña delincuencia de supervivencia. Fundamentalmente delito contra la propiedad, muchos de ellos ni siquiera violentos. Se sumerge a un adolescente ahí, se le hace una carrera previa de exclusión de la escolaridad mediante su inserción en cárceles de menores. Se lo tiene ahí encerrado algún tiempo, porque la mitad de nuestra población penal está en prisión preventiva, es decir, es una población flotante. Después de humillarlo, subestimarlo, modificar su subjetividad y entrenarlo para que el día que salga siga robando, se lo pone en la puerta con un certificado de incapacidad laboral absoluta. ¿Qué es lo que hace luego? Aquello para lo cual se lo entrenó: roba. ¿A quién le roba? A sus vecinos, porque el ejercicio del poder punitivo es selectivo en la criminalización, pero también en la victimización.

Cuanto más pobre se es, más riesgo de victimización se corre. Los vecinos, naturalmente, se sienten agredidos y ¿qué hacen? Reclaman más poder punitivo. Ese es el método: hacer que los propios excluidos pidan poder punitivo. Así se explica la contradicción de por qué algunos sectores sociales votan virreyes. 

Por otra parte, el mecanismo es muy funcional para desarmar el sentimiento de comunidad de los excluidos y para impedir la organización, el diálogo y, por ende, que tomen conciencia de la situación y del segmento social al que pertenecen, dificultando que tengan una conducta política coherente con su situación.

Cuando uno ve cómo se ha producido esta superpoblación penal que ha convertido a nuestras cárceles en campos de concentración y se da cuenta que es un fenómeno que se ha ido desarrollando a lo largo de 30 o 40 años, se pregunta ¿esto es sólo obra de los virreyes? No, pasaron todos los colores políticos. Los propios movimientos populares se encontraron amenazados por los partidos políticos únicos, que son los medios monopólicos y oligopólicos, y respondieron a los reclamos de esos medios. Así, fue aumentando la concentración en estos campos. No quiero mencionar ningún país en particular, pero sí resaltar que hay algunos donde este aumento ha sido del 7% anual acumulativo.

Esto ha llegado a un límite, que es cuando se convierte en un problema de verdadera seguridad para el Estado. 

Cada vez vamos teniendo mayores proporciones de nuestra población que banalizan la cuestión penal y, al mismo tiempo, se autonomizan las policías, que empiezan a recaudar por su cuenta y adoptan ciertas simpatías y conductas letales, como fusilamientos sin proceso. Los jóvenes marginales se refugian en formas más organizadas, generan condiciones mafiosas de ejercicio de poder punitivo al margen de los jueces y también recaudan fiscalmente. Surgen grupos paramilitares, milicias que también cobran impuestos y ejercen poder punitivo por su cuenta. Toma lugar el caos social, hasta que a algún genio que está en la cúpula del poder se le ocurre bajar las fuerzas armadas a función policial. Como no tienen preparación, cometen errores y pierden el respeto de las poblaciones. Se debilita al Estado en cuanto al monopolio del poder punitivo y de la recaudación fiscal y en cuanto a la defensa nacional.

¿Qué mejor para el colonialismo que Estados debilitados? Ese es el programa. En este programa tiene que ser parte, naturalmente, la criminalización de los líderes populares. 

No cabe duda. ¿Cómo se logra? A través de un ménage complicado en el que participan algunas minorías judiciales y del Ministerio público junto a formadores de opinión de los medios monopólicos, espías de los servicios de inteligencia — que nunca sabemos el servicio de quién están — y algún policía corrupto. Este ménage da por resultado procesos inválidos. Se armaron tribunales mediante el traslado de jueces. Como si fuera un ajedrez, se pusieron las piezas. En Argentina, tuvimos un presidente que dijo “quiero judiciales independientes que me controlen”. Yo nunca confío mucho en los ejecutivos que dicen esto, a nadie le gusta que lo controlen. En contraste, hubo un Ejecutivo que tuvo la rara y muy original sinceridad de decir “quiero jueces propios”. Tuvimos un proceso por traición a la Nación, cuando nosotros tenemos definida esta figura en la Constitución Nacional, donde se establece que sólo puede considerarse traición a la Nación un acto en caso de guerra. Nunca tuvimos guerras, salvo la de Malvinas. Cuando correspondía excarcelar, es decir, hacer cesar la prisión preventiva de algunos dirigentes populares, se inventó una teoría: no se puede excarcelar porque todo corrupto que estuvo en el poder queda con vínculos residuales.

Ese es el método que se usó. Podría seguir con muchos casos de prevaricatos claros, sentencias contrarias al derecho, sentencias sin pruebas, explotación del concepto de asociación ilícita, clonación de procesos. 

Ni hablar de la situación de Milagro Sala, una dirigente popular de la provincia de Jujuy, cuyo gobernador no tuvo mejor idea que enviar, en la primera sesión de su Legislatura tras asumir la función de gobernador, una ley ampliando el Tribunal Superior de la provincia, generando vacantes que ocuparon dos diputados de su partido que renunciaron a sus bancas y que habían votado la ampliación. Milagro Sala hace 5 años que está, hoy con arresto domiciliario, pero porque lo ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Nuestros poderes judiciales, en general, participan minoritariamente en el lawfare, en esta persecución política. Son pocos los jueces que participan en esto. Creo que, algunos porque quieren lograr fama; otros porque quieren ascender más rápido dentro de las jerarquías de los poderes judiciales, hacer carrera; otros porque creen que es la forma de dar el salto a la política; otros por complejos de inferioridad. Se dan cuenta que no tienen poder y acercándose al poder de turno se sienten poderosos. Motivaciones bastante patológicas todas ellas. No digo que sean enfermos, pero son motivaciones bastante neuróticas. Son una minoría. La gran mayoría de nuestros jueces permanece indiferente y ahí está su pecado, porque la minoría ensucia al resto que se refugia en el silencio y coopera por omisión, lo cual es una cooperación importante en esas circunstancias.

Creo que, en la región, esto tiene que hacernos repensar. 

Hay una lucha por la recuperación de la política y de nuestros movimientos populares; tenemos que seguir adelante con la lucha anticolonial en esta etapa de colonialismo tardío financiero. Parte de esto tiene que ser la toma de conciencia de la función que cumple el poder punitivo y de la necesidad de redefinir los perfiles de los jueces en nuestras estructuras institucionales judiciales. 

Nos han afectado al neutralizar la verdadera acción de contención del ejercicio del poder punitivo de nuestros propios movimientos populares a través de la amenaza de pérdida de votos, de desprestigio y la acusación a nuestros líderes de cómplices y de ladrones por parte de los partidos políticos únicos – los medios de comunicación monopólicos.

Se ha permitido la criminalización de líderes y dirigentes mediante deformaciones institucionales de nuestros poderes judiciales y del deterioro y la degradación de los perfiles de los jueces.

En gran medida, esto no se debe descargar solamente en los jueces, que no nacen de incubadoras: los formamos en las academias. En consecuencia, carguemos cada uno con la parte de responsabilidad que le incumbe en esto. En ese sentido, carguemos nosotros, los académicos, con la pregunta acerca de qué derecho penal, y qué derecho en general, estamos enseñando. ¿Qué teorías jurídicas estamos enseñando? A veces tengo la sensación de que lo que se enseña son teorías jurídicas normativistas cerradas a cualquier dato de la realidad, que para lo único que sirven es, justamente, para el silencio de las mayorías judiciales y para legitimar, racionalizar o neutralizar valores de la mayoría de los poderes judiciales.

 Tengamos todo esto en cuenta, porque es parte de una lucha que tiene 500 años, que vamos a seguir llevando adelante, y en la que nuestros pueblos no se van a quedar quietos.

 El presente texto es una adaptación de la clase que Raúl Zaffaroni realizó en el Curso “Estado, política y democracia en América Latina”, donde fue presentado por Ricardo Lodi Ribeiro.

La clase completa puede encontrarse en: www.americalatina.global

El Curso Internacional “Estado, política y democracia en América Latina” es una iniciativa destinada a militantes y activistas sociales, funcionarios públicos, docentes, estudiantes universitarios/as, investigadores/as, sindicalistas, dirigentes de organizaciones políticas y no gubernamentales, trabajadores/as de prensa y toda persona interesada en los desafíos de la democracia en América Latina y el Caribe. Ha sido promovido por el Grupo de Pueblael Observatorio Latinoamericano de la New School Universityel Programa Latinoamericano de Extensión y Cultura de la Universidade do Estado do Rio de Janeiro y la UMET. Fue organizado por la Escuela de Estudios Latinoamericanos y Globales, ELAG, y contó con el apoyo de Página12.

Coordinación general: Carol Proner, Cecilia Nicolini y Pablo Gentili

 

miércoles, 15 de septiembre de 2021

Sentencia judicial que ordena reparar la masacre de NAPALPI del pueblo originario QOM en Chaco como delito de lesa humanidad

 Fte: nota de Patricia Chaina Diario P12 Bs.As. Argentina

La justicia ordenó una reparación económica de 375 millones de pesos al pueblo Qom

Histórica sentencia por la Masacre de Napalpí

El Estado deberá resarcir al pueblo Qom por la Masacre de Napalpí, Chaco, donde fueron asesinadas 1500 personas en 1924.

Un sobreviviente que perdió a su familia en la masacre y el año pasado declaró ante la fiscalía.
Un sobreviviente que perdió a su familia en la masacre y el año pasado declaró ante la fiscalía.

En una histórica sentencia de reconocimiento al pueblo Qom, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Chaco, dictó un pormenorizado fallo en el que consigna el resarcimiento económico del Estado nacional a ese pueblo indígena, por los hechos acontecidos el 19 de julio de 1924 en lo que se conoce como la “Masacre de Napalpí”.

El Estado deberá pagar 375 millones y cumplir con una serie de requisitos tendientes “a la no repetición del hecho”, según solicitó la Asociación Civil “La matanza” que litiga desde 2004 por la tragedia ocurrida hace casi un siglo. Allí fueron asesinadas 1.500 personas pertenecientes al pueblo Qom.

“Pasaron 16 años desde que iniciamos el juicio”, cuenta a Página/12, Julio García, uno de los abogados patrocinantes de la Asociación en este juicio de reparación que sienta precedente en América latina. “Es inédito porque lo lleva adelante un pueblo indígena –señala García— y porque la sentencia se da cuando ha transcurrido casi un siglo de la tragedia y aún así, se ordena una reparación de la lesión”.

La Cámara lo confirma al indicar que el fallo se da “a 96 años del momento en que se perpetró la mayor matanza de pueblos indígenas en el siglo XX, en la Argentina”. En ese momento, la Policía de los territorios nacionales --Chaco no era provincia todavía-- arrasó con la vida de niños, ancianos, mujeres y hombres del pueblo Qom. Los hombres se encontraban reunidos en un espacio público pidiendo mejores condiciones de trabajo, ya en el algodón o en los obrajes. La vida en las reducciones era en condiciones de semiesclavitud y ellos estaban desarmados. Pero aún así el gobierno de Marcelo T. de Alvear ordenó la represión.

Por esa acción genocida, y por la negación del hecho que en los discursos oficiales se sostuvo como “un enfrentamiento entre indígenas” --señala García--, el Estado deberá pagar 375.930.000 pesos además de resarcimientos no patrimoniales. “Por el genocidio perpetrado el 19 de julio de 1924, y en días posteriores” especifica la sentencia, ya que muchas personas murieron días después, por heridas producto de la represión en la matanza de “Napalpí”, que en lengua Qom significa “lugar de los muertos”.

La sentencia, dictada por las juezas María Denogens y Rocío Alcalá, ordena además al Estado un plan de inversiones públicas y constituir una Mesa de Diálogo con la Asociación para seguir el destino de los fondos. Indica que se tomará como base de cálculo el salario mínimo, vital y móvil (SMVM), y se deben pagar 1.800 SMVM en cinco años. En tanto otros 19.000 SMVM se deben destinar a infraestructura en un lapso de diez años. “Seguramente el Estado apelará”, destaca el abogado. Pero el reconocimiento está dado, y se inscribe en línea con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También sigue el fallo de resarcimiento dictado en marzo a favor del Pueblo Pilagá, por la masacre de 1947.

García, quien tramita la querella junto al abogado Carlos Díaz, también participó del reclamo del Pueblo Pilagá. Y en este litigio, acompaña a los dirigentes Qom, entre los que se destaca Hermenegildo López –en su momento presidente del Instituto del Aborigen Chaqueño (I.D.A.CH.)--, y Concepción Notagay --ya fallecido--, ambos descendientes de los sobrevivientes de la matanza al Pueblo Qom, mal llamado toba, señala García: “Toba es despectivo, así les decían los blancos porque tenían la frente muy grande. La etnia es Qom”, refuerza el abogado.

La perito Rosa Encina trabajando con los restos de las víctimas de la masacre.

“La asociación invoca la representación del colectivo indígena ante la Justicia Federal e interpone peticiones”, detalla García. Una es reconocer la existencia del hecho. Otra es promover garantías de no repetición, lo que significa “que se difunda el hecho en los programas educativos en todos los niveles, que se de capacitación referida a pueblos indígenas a los funcionarios judiciales, que se levante un monumento de homenaje a la victimas, y que exista un pedido de perdón por los delitos de lesa humanidad cometidos”, detalla. Se pide también la reparación integral y económica por el daño cometido.

El colectivo indígena

Ya en febrero de este año, una sentencia sostuvo que el hecho existió y que “hubo entre 400 y 1.000 víctimas y fue cometido por el Estado nacional, de acuerdo a documentos probatorios. Entre ellos, el aporte de la Biblioteca del Congreso de la Nacional con la versión taquigráfica de 1924, de una interpelación al Ministro de Gobierno de la Nación, por el Diputado Francisco Pérez Leirós.

Esa sentencia, aunque acredita el hecho duda respecto a la legitimidad de la Asociación “La matanza” ya que el daño moral y espiritual solo pueden reclamarlo las familias afectadas, sostiene. Pero no hay partidas de defunción ni de nacimiento que acrediten la familiaridad, producto del mismo proceso de sometimiento.

“Apelamos en junio y esta semana la Cámara dice: estamos ante un delito de lesa humanidad y los indígenas tienen derecho a reclamar la reparación. Se acredita que la asociación tiene la potestad de representar al colectivo indígena, ya que se constituye por un régimen jurídico impuesto por el propio Estado, cuando todavía no tenia vigencia la reforma constitucional de 1994 que reconoce para este tipo de acciones a las comunidades indígenas, y le da facultad para velar por la defensa de la cultura y de los intereses de la comunidad. Y se refuerza con apoyo de la jurisprudencia internacional sobre el reclamo de las comunidades indígenas”, puntualiza García.

Los sujetos que deben recibir la reparación son los miembros de este pueblo indígena, es un colectivo, más allá de los individuos. “No había necesidad de acreditar el vínculo sino que fueran simplemente personas pertenecientes a ese colectivo”, sostiene el abogado quien estos días se postula como candidato a Defensor del Pueblo de la provincia de Chaco.

La otra cosa importante de este fallo, para el abogado, es que valida que la acción “no corresponde al Código Civil sino a litigios por causa de lesa humanidad, por lo tanto la jurisprudencia determina valido el pedido de reparación". 

domingo, 12 de septiembre de 2021

Perspectivas de genero en la conduccion de las empresas: IGJ avanza - Camara Nacional de Apelaciones en lo Comercial atrasa

 Fuente Pagina 12 Bs.As. Argentina. Autora: Irina Hauser

La Inspección General de Justicia bajo ataque por favorecer la paridad de género

Esa justicia que protege el poder de los varones en la conducción de las empresas

La Cámara Comercial se pronunció en contra del titular de la IGJ, Ricardo Nissen. Se oponen a la participación igualitaria de mujeres en la conducción de las empresas.

El ataque a las resoluciones de la Inspección General de Justicia (IGJ) que establecieron la paridad y diversidad de género en los órganos de administración y de control de las sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones, escaló y alcanzó su punto máximo esta semana cuando la Cámara Comercial en pleno firmó un pronunciamiento para denunciar al titular del organismo, Ricardo Nissen. Le cuestionan no haber acatado un fallo de la sala C, de comienzos de agosto, que invalidó las medidas destinadas a garantizar la participación igualitaria en directorios y áreas de decisión de las empresas y otras formas societarias. Un dato llamativo es que la IGJ había planteado ya que el fuero comercial no es competente para revisar sus resoluciones generales y había pedido la inhibición de esta cámara que, sin embargo, avanzó como si nada, cuando es claro que la cuestión deberá ser resuelta por la Corte Suprema. Pero más allá del laberinto de tribunales --que precisamente opera a menudo para despistar-- el resultado es que el poder económico/empresario, manejado por varones y estructuras patriarcales, consiguió un gran aliado en el Poder Judicial para impedir la concreción de derechos establecidos en tratados internacionales con rango constitucional y perpetuar su dominación. Especialistas en derecho comercial y empresarias señalan cómo opera la falta de perspectiva de género en estas decisiones judiciales y sus consecuencias. 

Las estadísticas de la propia IGJ mostraban que, hasta la llegada de las resoluciones 24 y 25 en agosto del 2020, por cada cinco varones que dirigían o fiscalizaban empresas o asociaciones civiles, sólo había una mujer en puestos similares. La organización internacional "Mujeres en la Bolsa" registra "por cada consejera, 5,79 consejeros". Lo que se propuso la IGJ fue "promover acciones positivas" para garantizar "la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución" y los tratados internacionales con rango constitucional como la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 

Las resoluciones en disputa establecieron que en los órganos de administración y control de las sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones, así como en entidades religiosas debe haber una representación equivalente de mujeres y varones. Si el número es impar debe haber un mínimo de un tercio de integrantes mujeres. A la vez hay el artículo 4 prevé excepciones para quienes demuestren razones fundadas que les impidan cumplir la disposición. "No podemos andar predicando la igualdad de la mujer y no hacer nada cuando estamos en una posición para hacerlo", dijo Nissen en una entrevista con Página/12, donde explicó que las mayores quejas no solo fueron del sector empresario sino de las asociaciones civiles, la iglesia evangélica y algunos clubes (ver aparte). Aun así, una mayoría acató las resoluciones. 

El mapa del recorrido judicial permite apreciar la dudosa intervención de la Cámara Comercial, que aceptó meterse por la ventana. En rigor, la primera demanda fue del macrista Yamil Santoro a través de su fundación Apolo, en otro fuero: pidió la inconstitucionalidad de las resoluciones en los tribunales en lo contencioso administrativo. Tanto el fiscal Fabián Canda y como el juez Pablo Cayssials rechazaron el planteo. Ahora está en la Sala IV de la Cámara Contencioso, con dictamen de rechazo de la fiscalía. Con posterioridad se presentaron 7 empresas de colectivos que no quieren acatar la paridad directamente ante la Cámara Comercial para pedir que invalidara las resoluciones. La IGJ sostiene que en el fuero comercial solo se pueden cuestionar las resoluciones dirigidas contra una sociedad en particular, pero no las resoluciones generales como las que aquí están en juego. Sin embargo, ese tribunal igual les admitió el recurso. La IGJ planteó que estos/as camaristas debían inhibirse. Le pidió a un magistrado del fuero contencioso, donde sí podría tramitar ese cuestionamiento, que reclamara el expediente. El juez Martín Cormick le dio la razón al organismo e indicó a la sala C de la Cámara Comercial que debía inhibirse por estar comprometido el Estado Nacional. Ese tribunal le retrucó con un reto. Cormick mandó el conflicto de competencia a la Corte y le avisó en un oficio a las/los camaristas comerciales.

Pese a la notificación que indicaba el conflicto de competencia, el camarista Eduardo Machín y su colega de la sala C Julia Villanueva hicieron oídos sordos, no incorporaron el oficio de Cormick al expediente, y el 9 de agosto último firmaron un fallo para dejar sin efecto las resoluciones. ¿Qué argumentaron?  Acusaron a Nissen y la IGJ de exceder sus facultades y de violar la Ley General de Sociedades porque consideran que habrían alterado los mecanismos para la elegir la integración de sus directorios como quieran, que serían un derecho privado de los accionistas. Sostienen el criterio de la meritocracia: que el parámetro tiene que ser la idoneidad y que si se quiere establecer la equidad debería ser por ley, pero no incluyen en su consideración ni la Constitución ni los pactos internacionales que forman parte de las obligaciones de los Estados parte. Después del fallo, la IGJ publicó una nueva resolución en el Boletín Oficial el 19 de agosto último en la que ratificó la vigencia de las dos cuestionadas y dijo, entre otras cosas, que el fallo de la Cámara había sido "inválido" y "antijurídico", fuera de la legalidad. Promovió, además, un pedido de juicio político contra Machín y Villanueva ante el Consejo de la Magistratura. 

La primera reacción (conservadora) fue una editorial del diario La Nación que celebraba la decisión de la Cámara Comercial  como "un límite a los desbordes de la IGJ", lo que revela --además-- un encono con Nissen, que entre otras cosas puso límites a los negocios con las sociedades off shore y las de Acciones Simplificadas. El broche de oro fue una resolución que firmó la Cámara en pleno tras un acuerdo extraordinario, con excepción de Machín y Villanueva y los nuevos camaristas que intervienen, que son Alejandra Noemí Tévez, Ernesto Luchelli y Rafael Barreiro. Los firmantes otra vez acusaron a Nissen de un "inocultable desconocimiento de la autoridades ejercida por los jueces" y dijeron que debe "cumplir con el deber de acatamiento". 

Patricia Fernández Andreani es abogada diplomada en Altos Estudios Europeos y Máster en Derecho de la Empresa. Le explica a Página/12 que las resoluciones de la IGJ son razonables y acordes a la experiencia en los países del norte europeo. "El imperativo lo tienen Italia, Alemania, Dinamarca, Suecia donde los órganos de administración de las empresas que cotizan en bolsa tienen que tener 30 a 40 % cubierto por mujeres. Se tomó esa decisión porque las simples recomendaciones no se acatan", señala. En un artículo que publicó en La Ley con su colega Ana C. Alonso, analizan y cuestionan el fallo de la Cámara. Advierten que "la IGJ no alteró la Ley General de Sociedades (LGS), porque reglamentar una ley no importa ceñirse a la letra de la norma, sino respetar el espíritu en concordancia con todo el bloque de constitucionalidad", pero además "no se juzgó con perspectiva de género". El tribunal, señalan, consideró "el cuidado de la sociedad destinataria de la gestión, los de sus socios y los de terceros (...) la IGJ se hizo cargo de que el Estado en todas sus representaciones deba equilibrar las desigualdades y combatir la subyugación de la mujer en el ámbito del poder económico promoviendo las medidas a su alcance en pos de lograr la igualdad efectiva". "Es imposible modificar un patrón sociocultural de conductas si a la justicia le pasan inadvertidos los estereotipos sexistas, las condiciones de vulnerabilidad de las mujeres, los roles preadjudicados, las violencias simbólicas y las prácticas abusivas discriminatorias que, no por ser naturalizadas, dejan de ser intolerables", dicen las autoras. 

"El sector económico repele esta paridad porque con la amplia disponibilidad de recursos que maneja el patriarcado sigue sometiendo de la misma manera a las mujeres en todo aspecto", suma la abogada especialista en derecho comercial Lucía Spagnolo. Tanto ella como Fernández Andreani ven en la decisión de la Cámara un modo de reproducir esa forma de dominación machista del poder económico. "Argentina desde hace más de 15 años aprobó convenciones que la obligan a dictar medidas positivas para hacer efectiva la igualdad de derechos entre las mujeres y los hombres tanto en los actos de la vida civil como en el ámbito de la vida económica. Recién se dio cumplimiento a esto con las resoluciones de la IGJ, que prevé excepciones. "No es cierto que la IGJ haya violado la ley porque tiene facultades para dar cumplimiento a las convenciones internacionales en pleno plano de igualdad que la constitucional. Esto es un debate zanjado. La Cámara no aplicó ni la perspectiva de género ni la razonabilidad, al margen de su incompetencia", enfatizó Spagnolo. 

Según los datos del Ministerio de Desarrollo Productivo ningún sector tiene una proporción del líderes mujeres superior al 25% y la feminización de un sector no implica más presencia femenina en puestos jerárquicos. En empresas industriales solo el 17,6 % del total de los puestos gerenciales son ocupados por mujeres. Para Paula Basaldúa, coordinadora del gabinete de género del Ministerio de Desarrollo productivo, a veces no alcanzan las herramientas legales para generar cambios y harán falta procesos de reconocimiento de las desigualdades de género y el accionar consecuente para su erradicación", lo que no quita la importancia de las acciones positivas.  

María Elena Ghietto es arquitecta, empresaria de la construcción en Santa Fe e integrante de la comisión directiva de la delegación de su provincia de la Cámara de la Construcción ofrece una mirada desde su propia experiencia. "En un comienzo pensé que los límites a la paridad en los cargos dirigenciales, eran una cuestión generacional. En la industria de la construcción vivimos en un ámbito regido por empresas familiares, y no hay lugar más patriarcal que ese. Pensé que cambiaría con las nuevas generaciones pero aclaro con asombro que en el ejercicio de todas estas gestiones de inclusión, me doy cuenta que el problema es que se trata de lugares de poder. En mi especialidad las empresas mas exitosas son las que tienen diversidad de género en sus equipos de trabajo, que propician la integración. Sin embargo, parece que las mujeres estamos mejor vistas para trabajar que para dirigir. Debe haber acciones positivas pero si la justicia no acompaña es un imposible".