Memorias
de Nüremberg
Ficha: El Juicio de Nuremberg (Judgement at
Nuremberg, 1961), USA, 186 minutos, MGM, Director: Stanley Kramer, Guión: Abby
Mann, Música: Ernest Gold, Fotografía: Ernest Laszlo, Reparto: Spencer Tracy,
Burt Lancaster, Richard Widmark, Marlene Dietrich, Maximilian Schell, Judy
Garland, Montgomery Clift, Werner Klemperer, Torben Meyer, Martin Brandt,
William Shatner.
Los
Juicios de Nuremberg, el turno de la justicia
El
Juicio de Nuremberg (Judgement at Nuremberg, 1961) de Stanley Kramer, es una
película en la que la palabra tiene una primacía fundamental, es cine con
largos diálogos y dramáticos monólogos, durante todo el tiempo que dura la
cinta las palabras expresan el horror, el odio, la duda y el dolor.(1) La
película cuenta con un notable reparto:
Spencer Tracy, Richard Widmark, Marlene Dietrich, Burt Lancaster, Judy Garland
y Maximiliam Schell. Nos encontramos en el proceso que se siguió en la ciudad
Alemana ocupada de Nüeremberg contra los magistrados Friedrich Hofstetter
(Martin Brandt), Werner Lampe (Torben Meyer), Ernst Jenning (Burt Lancaster) y
Emil Hahn (Werner Klemperer), acusados de sentenciar sobre la base de unas
leyes injustas en juicios amañados donde el sentido de la sentencia se sabía
incluso antes del inicio del proceso.(2) Entre los acusados destaca el juez
Jenning, inspirado en la figura del juez
Franz Schlegelberger, que en la cinta aparece como un reconocido tratadista
del Derecho, redactor de la Constitución de Waimar y Ministro de Justicia de la
República de Weimar.(3)
La
temática elegida por Stanley Kramer no es fácil, mayor incluso si consideramos
que la cinta se filmó apenas quince años de finalizada la Segunda Guerra
Mundial. Si en el proceso que se siguió contra los principales líderes y
criminales de guerra nazis, la única duda parecía ser la base legal para
castigar sus actos, en los juicios de quienes formaron parte de la burocracia
del Estado durante el gobierno del Reich el tema es mucho más complicado, basta
para ello tener en cuenta que el partido nazi llegó a contar con más de ocho
millones de afiliados y hubiera sido impensable desde un punto de vista
práctico que todos los colaboradores del régimen fueran encausados por sus
crímenes.(4)
El
juicio seguido contra estos cuatro magistrados está lleno de aristas y de
complicaciones que son abordadas con acierto en la cinta, tales como la
aplicación por parte de los tribunales de una ley injusta, las relaciones entre
la justicia y el poder y cuáles son los límites para quienes dicen actuar con
obediencia a la ley.
El
Juez Haywood (Spencer Tracy), encargado de presidir el Tribunal, es la figura
central de la trama. Nos encontramos en el año 48, acaba de terminar la Segunda
Guerra Mundial y al borde de la guerra fría, pero los juicios contra los
miembros del régimen nazi ya han pasado de moda y no interesan a nadie. El
experimentado juez Haywood lo sabe, pero actuará con justicia, lejos del ánimo
vengador que le imprime el fiscal Lawson (Richard Widmark) y discrepante al
final con la eficiente defensa que hace Herr Rolfe (Maximiliam Schell) de la
inocencia de su patrocinado. Haywood intentará entender las razones que
llevaron a hombres no sólo los ordinarios sino hasta los más capaces a seguir a
Hitler y a cometer las mayores atrocidades.
El
argumento de la defensa es elemental. Estos jueces se limitaron a cumplir
estrictamente las leyes del gobierno de Alemania, no hacerlo significaba un acto
contrario a la patria. El propio Janning se encargará de echar por tierra a su
propia defensa, no está dispuesto a repetir la farsa en la que ha participado
cientos de veces: ¿dónde estábamos cuando Hitler empezó a destilar odio en el
Reichstag? ¿dónde estábamos cuando se llevaban a nuestros vecinos por la fuerza
en plena noche a Docheau? ¿dónde estábamos cuando en cada aldea del país había
una terminal que recibía vagones de carga para llenarlos de niños y
despacharlos a los campos de exterminio? ¿dónde estábamos cuando nos gritaban
en la noche? ¿estábamos sordos?¿mudos?¿ciegos? Mi abogado dice que no sabíamos
nada del exterminio de millones. Les pondrá como excusa que pensábamos que eran
cientos no millones ¿eso nos libera de culpa? quizá no sabíamos los detalles,
pero si no sabíamos era porque no queríamos saber. Janning no se quedará en una
acusación general de colaboración silenciosa, afirmará que su caso es aún más
cuestionable que aquellos que actuaron de forma ignorante o incluso activa:
Ernst Janning es peor que todos ellos, porque sabía lo que eran y colaboró con
ellos de todas formas. Ernst Janning transformó su vida en excremento por
caminar al lado de ellos. El perdón bajo estas circunstancias es inaceptable.
Hay situaciones de las que se es culpable incluso aunque uno pueda disculparse,
escribió en sus memorias Albert Speer, arquitecto personal de Hitler y Ministro
de Armamento y Producción Bélica del Reich, pues la enormidad del crimen es tan
desmesurada que anula toda posibilidad de disculpa.(5)
Haywood
dicta sentencia sin tomar en cuenta paradójicamente, como sí lo hicieron los
acusados, las presiones ejercidas por el gobierno americano para que las penas
no fueran severas. Los rusos habían bloqueado Berlín y era necesario contar con
el apoyo del pueblo alemán, lo cual podría complicarse si se encarcelaban a
todos sus líderes y dirigentes. La sentencia develará una de las verdades del
régimen nazi, de la boca del Juez Haywood se escuchará decir que: si los
acusados hubiesen sido seres pervertidos y degenerados, si todos los jerarcas
del Tercer Reich hubiesen sido monstruos sádicos y maniáticos, estos hechos no
hubieran tenido mayor relevancia moral que un terremoto o un desastre natural.
Pero en este juicio se demostró que en una situación de crisis nacional, los
hombres ordinarios e incluso los capaces y extraordinarios pueden engañarse a
sí mismos y cometer delitos tan grandes y atroces que superan su propia
imaginación. Sin embargo, la cinta permite que Herr Rolfe nos despache otra versión,
que no sólo quienes participaron de la barbarie que significó el nazismo deben
encontrarse en el banquillo de los acusados. El nazismo debe entenderse
ciertamente a partir de la colaboración cómplice de millones de ciudadanos pero
también por la pasividad de las potencias occidentales que permitieron que
Hitler ocupara Checoslovaquia, Renania, Austria y militarizara el país violando
el Tratado de Versalles, de los industriales americanos que comerciaron armas
con la Alemania nazi, de la Unión Soviética que firmó con Alemania un pacto de
no agresión que permitió la invasión de Polonia y que después se sumó al festín
del reparto polaco, de Churchil que alabó públicamente al Fürer como un
gobernante modelo sólo un año antes del inicio de la guerra. Grafica bien lo
dicho el alegato el abogado defensor: en última instancia el responsable es la
propia civilización.
En
la cinta Nuremberg (Nuremberg, 2000) de Yves Simoneau, una película menos
honesta y más maniquea que la que analizamos, aparece el testimonio de Rudolf
Höss, Obersturmbannfürer de la SS y comandante del campo de exterminio de
Auschwitz. Höss actúa en el Juicio de Nüremberg como testigo de Ernst
Kaltenbrunner (Christopher Heyerdahl), Obergruppenführer de la SS y
lugarteniente de Himler. Durante el interrogatorio al que le somete el Fiscal
Jackson (Alec Baldwin), Höss señala con detalle los pormenores de la labor de
exterminio: Construí cámaras de gas donde cabían dos mil personas a la vez,
comparados con los doscientos de Treblinka. Construí cuatro hornos enormes para
cremar los restos. Logré eliminar diez mil personas en horas. En promedio
despachábamos a dos mil personas al día. Cuando el Fiscal Jackson termina el
interrogatorio, Höss vuelve a intervenir sólo para aclarar que: no toleré la
crueldad. Mi gente estaba ahí para exterminarlos no para torturarlos, cualquier
mala conducta de los guardias era penada se lo aseguro.(6) Höss destaca no su
desprecio a la vida como imagina el director de la cinta sino, ante todo, su
profesionalismo como miembro de la burocracia del Estado, lo cual es
ciertamente más grave y aterrador.
En
su libro Eichmann en Jerusalén, Un estudio sobre la banalidad del mal, que
constituye un análisis de un expediente judicial, Hanna Arendt destaca que los
lideres nazis, en su vida cotidiana, no fueron hombres pervertidos ni sádicos,
sino terrible y terroríficamente normales: Desde el punto de vista de las
instituciones jurídicas y de nuestras reglas morales, esta normalidad resultará
siempre más terrorífica que todas las atrocidades juntas, pues implica que este
nuevo tipo de delincuente comete sus delitos en circunstancias que casi le
impiden saber que realiza actos de maldad. Es allí donde reside la banalidad
del mal.(7)
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(1)
FEINMAN, José Pablo. La culpa de los pueblos. En: Página 12.
(2)
Al finalizar la Segunda Guerra Mundial se suscribieron el Acuerdo de Londres (8
de agosto de 1945 por los representantes de Estados Unidos, Reino Unido,
Francia y Unión Soviética) y la Ley número 10 (20 de diciembre de 1945,
promulgada por el Consejo Aliado en Berlín). El Acuerdo de Londres previó el
establecimiento de un Tribunal Internacional Militar para enjuiciar los
crímenes de guerra cometidos por los nazis. El 18 de octubre de 1945, en la
ciudad alemana de Nüremberg se inició el juicio de 21 líderes que formaron
parte del gobierno de Tercer Reich. Después del primer juicio de Nüremberg, se
celebraron otros 12 procesos bajo la autoridad de la Ley 10 del Consejo.
Hubieron en total 185 acusados. Entre ellos, médicos que habían llevado a cabo
experimentos sobre enfermos y prisioneros, industriales que habían participado
en el saqueo de los países ocupados y en el programa de mano de obra forzada y
jueces que habían cometido delitos encubiertos bajo la apariencia de un proceso
legal.
(3)
Franz Schlegelberger estudió Derecho en Königsberg y Berlín. Entre 1913 y 1927
tuvo varios cargos dentro de la administración de justicia. Se desempeñó como
juez en una corte intermedia (Landgericht) y juez de la suprema corte de
apelaciones de Berlín (Kammergericht). En 1927 fue nombrado Director del
Ministerio de Justicia (Ministerialdirektor). Desde 1922 se desempeñó como
profesor adjunto de la Facultad de Derecho de la Universidad de Berlín. En los
Juicios de Nuremberg, Schlegelberger fue condenado a cadena perpetua, pero
salió de prisión en 1951. Posteriormente el gobierno alemán le otorgaría una
pensión la que disfrutaría hasta su muerte. Vid. NATHANS, Eli. Legal Order as
Motive and Mask: Franz Schlegelberger and the Nazi Administration of Justice.
En: Law and History Review. Volumen 18, Número 2. 2000. Cfr. MULLER, Ingo.
Hitler´s Justice. 1991.
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