miércoles, 10 de junio de 2015

Ley Nacional y local consagran el dia del abogado laboralista





Ley Nº 27.115. Día del Abogado Laboralista.
Mediante Ley Nº 27.115 (B.O. 28-01-2015) se instituye el día 7 de julio como el “Día del Abogado Laboralista”, en homenaje a los abogados asesinados en lo que se conoció como “La noche de las corbatas” y de todos los letrados que, por luchar por la Democracia y la República sufrieron el mismo destino.
CONMEMORACIONES
Ley 27.115 (B.O. 28-01-2015)
Día del Abogado Laboralista.
Sancionada: Diciembre 17 de 2014
Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1º — Institúyase el día 7 de julio como el Día del Abogado Laboralista, en homenaje a los abogados asesinados en lo que se conoció como “La noche de las corbatas” y de todos los letrados que, por luchar por la Democracia y la República sufrieron el mismo destino.
ARTÍCULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.115 —
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyase la fecha del 7 de julio, como día del abogado laboralista en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en homenaje al Dr. Norberto Centeno.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
FRANCISCO TALENTO
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.278
Sanción: 25/03/2004
Promulgación:Decreto Nº 713/004 del 23/04/2004
Publicación:BOCBA N°1928 del 27/04/2004

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