sábado, 27 de abril de 2013

DOCUMENTO CRITICO SOBRE LA REFORMA JUDICIAL



NO A LA CREACION DE UNA CAMARA DE CASACION EN LA JUSTICIA LABORAL NI A LA RESTRICCION DE DERECHOS SOCIALES FUNDAMENTALES

La Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo y la Asociación de Abogados Laboralistas,  expresan su rechazo a la iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional de la República Argentina de crear una Cámara de Casación en la Justicia Laboral, y afectar a través del Proyecto sobre Medidas Cautelares, derechos sociales fundamentales, por los siguientes motivos:

1)    Que, lejos de contribuir a la celeridad de los procesos judiciales, la creación de una Cámara de Casación en materia laboral producirá una mayor dilación de los mismos, al incorporar - sin un profundo estudio y debate sobre su real necesidad - una nueva instancia que se suma a las actuales, desde el procedimiento conciliatorio previo y obligatorio hasta los recursos extraordinarios ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

2)    Que, lejos de contribuir a la seguridad jurídica, su creación conlleva el riesgo visible del establecimiento por tal vía de una doctrina judicial circunstancialmente obligatoria, que podrá operar como disciplinadora de la actual justicia del trabajo, que ya prevé el dictado de acuerdos plenarios, con el riesgo de dejar sin efecto señeros pronunciamientos sobre derechos fundamentales.

3)    Que, la oscura redacción de la norma del proyecto, referida al Recurso de Casación introducido, parece estar destinada principalmente a amparar actos provenientes del poder del Estado, en desmedro de derechos que puedan ser considerados fundamentales de las personas.

4)    Que, en este mismo sentido, el texto del art.17 del proyecto sobre Medidas Cautelares puede afectar por su generalidad, el ejercicio regular de derechos de las personas en general y de los trabajadores en  particular, amparados por garantías constitucionales y supra legales, referidos al ejercicio de medidas de acción directa.

5)    Que, tampoco resulta claro el método que se empleará para la designación de los integrantes de la Cámara de Casación Laboral, posibilitando su integración sin concurso o a través de procedimientos abreviados, apartándose no solo de normas reglamentarias sino del propio diseño de la Constitución Nacional que rige para la designación de los magistrados.

6)    Que, se torna innecesaria la creación de una Cámara de Casación en lo laboral para el conocimiento de materias que ya se encuentran específicamente reguladas y que son de conocimiento de la actual Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Por ello, sin perjuicio de estudios o reformas - que se deberán llevar a cabo mediante un debate profundo, serio, abierto, plural y democrático - que mejoren el actual sistema de administración de la justicia y de la del trabajo en particular, la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo y la Asociación de Abogados Laboralistas consideran en definitiva, que tal como están redactados los proyectos aludidos, no contribuyen a la democratización y mejora de la justicia de la República Argentina, al tiempo que exhortan al Poder Ejecutivo Nacional y Consejo de la Magistratura de ese país, se proceda a la inmediata cobertura de las vacantes de Jueces y Magistrados existentes en ambas instancias de la Justicia Nacional del Trabajo.


                                      Buenos Aires,  22 abril de 2013.                                                                               
          



         Dr. Roberto Pompa                             Dr. Luis Enrique Ramírez
               Presidente                                    Vicepresidente Ejecutivo
Asociación Latinoamericana de                          Asociación Latinoamericana de
         Jueces del Trabajo                                   Abogados Laboralistas


Dr. León Piasek
Presidente
Asociación de Abogados Laboralistas
                                                                                                                                              

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