NO A LA CREACION DE UNA CAMARA DE
CASACION EN LA JUSTICIA LABORAL NI A LA RESTRICCION DE DERECHOS SOCIALES
FUNDAMENTALES
La Asociación Latinoamericana de
Abogados Laboralistas, la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo y la
Asociación de Abogados Laboralistas, expresan su rechazo a la iniciativa del Poder
Ejecutivo Nacional de la República Argentina de crear una Cámara de Casación en
la Justicia Laboral, y afectar a través del Proyecto sobre Medidas Cautelares,
derechos sociales fundamentales, por los siguientes motivos:
1)
Que, lejos de contribuir a la celeridad de los
procesos judiciales, la creación de una Cámara de Casación en materia laboral
producirá una mayor dilación de los mismos, al incorporar - sin un profundo
estudio y debate sobre su real necesidad - una nueva instancia que se suma a
las actuales, desde el procedimiento conciliatorio previo y obligatorio hasta
los recursos extraordinarios ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
2)
Que, lejos de contribuir a la seguridad jurídica, su
creación conlleva el riesgo visible del establecimiento por tal vía de una
doctrina judicial circunstancialmente obligatoria, que podrá operar como
disciplinadora de la actual justicia del trabajo, que ya prevé el dictado de
acuerdos plenarios, con el riesgo de dejar sin efecto señeros pronunciamientos
sobre derechos fundamentales.
3)
Que, la oscura redacción de la norma del proyecto,
referida al Recurso de Casación introducido, parece estar destinada
principalmente a amparar actos provenientes del poder del Estado, en desmedro
de derechos que puedan ser considerados fundamentales de las personas.
4)
Que, en este mismo sentido, el texto del art.17 del
proyecto sobre Medidas Cautelares puede afectar por su generalidad, el
ejercicio regular de derechos de las personas en general y de los trabajadores
en particular, amparados por garantías
constitucionales y supra legales, referidos al ejercicio de medidas de acción
directa.
5)
Que, tampoco resulta claro el método que se empleará
para la designación de los integrantes de la Cámara de Casación Laboral,
posibilitando su integración sin concurso o a través de procedimientos
abreviados, apartándose no solo de normas reglamentarias sino del propio diseño
de la Constitución Nacional que rige para la designación de los magistrados.
6)
Que, se torna innecesaria la creación de una Cámara de
Casación en lo laboral para el conocimiento de materias que ya se encuentran
específicamente reguladas y que son de conocimiento de la actual Cámara
Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Por ello, sin
perjuicio de estudios o reformas - que se deberán llevar a cabo mediante un
debate profundo, serio, abierto, plural y democrático - que mejoren el actual
sistema de administración de la justicia y de la del trabajo en particular, la
Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, la Asociación
Latinoamericana de Jueces del Trabajo y la Asociación de Abogados Laboralistas
consideran en definitiva, que tal como están redactados los proyectos aludidos,
no contribuyen a la democratización y mejora de la justicia de la República
Argentina, al tiempo que exhortan al Poder Ejecutivo Nacional y Consejo de la
Magistratura de ese país, se proceda a la inmediata cobertura de las vacantes
de Jueces y Magistrados existentes en ambas instancias de la Justicia Nacional
del Trabajo.
Buenos
Aires, 22 abril de 2013.
Dr. Roberto Pompa Dr. Luis Enrique
Ramírez
Presidente Vicepresidente Ejecutivo
Asociación Latinoamericana de Asociación Latinoamericana de
Jueces del Trabajo Abogados
Laboralistas
Dr. León
Piasek
Presidente
Asociación de
Abogados Laboralistas
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