miércoles, 17 de abril de 2013

Juicios por delitos de lesa humanidad en Argentina

Descripción general de los juicios en la Argentina

Qué pasó desde que la Corte Suprema, en el caso "Simón", declaró inconstitucionales las leyes de obediencia debida y punto final. La importancia del precedente "Barrios Altos" de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La respuesta de la Justicia

La sanción de las leyes de obediencia debida y punto final provocó que un gran número de las causas penales que se habían abierto con el fin de investigar los hechos cometidos durante la última dictadura militar quedaran paralizados, hasta que, en cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que el Estado argentino garantizara los reclamos de verdad (Informe 28/92), se realizaron los procesos conocidos como juicios de la verdad.

Así transcurrió una primera etapa, en la que se consideró suficiente el  mero "esclarecimiento” de los hechos como forma de cumplimiento de los deberes (y las facultades) del Estado argentino en esa dirección.

Luego, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo, en el caso “Arancibia Clavel, Enrique” (Fallos:327:2312), que por tratarse de delitos de lesa humanidad correspondía la aplicación retroactiva de la imprescriptibilidad de la acción penal.

Y, más tarde, en “Simón, Julio Héctor”, declaró la inconstitucionalidad de las leyes 23.492 (punto final) y 23.521 (obediencia debida), negándole a dichas normas cualquier efecto que pudiera oponerse al avance de los procesos o al juzgamiento y eventual condena de los responsables, u obstaculizara las investigaciones en curso (Fallos: 328:2056).

El mapa de las causas  ( ver pagina de la CSJN)

Buenos Aires

>> Buscar Causas <<


No hay comentarios:

Publicar un comentario