domingo, 25 de agosto de 2013

NUEVO E IMPORTANTE CONVENIO DE LA OIT SOBRE TRABAJO MARITIMO



Convenio sobre trabajo marítimo, 2006
Una nueva “Carta de derechos” entra en vigor, garantizando protección para 1,5 millones marineros en todo el mundo y condiciones justas de competencia para los armadores.

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Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006

La industria mundial del transporte marítimo navega bajo una nueva norma

Una nueva “Carta de derechos” – el Convenio sobre el trabajo marítimo de la OIT – entra en vigor, garantizando protección para 1,5 millones marineros en todo el mundo y condiciones justas de competencia para los armadores.

Noticia | 20 de agosto de 2013



Guy Ryder, Director General de la OIT
GINEBRA (OIT Noticias) – El Convenio sobre el trabajo marítimo de la Organización Internacional del Trabajo entra en vigor el 20 de agosto 2013, inaugurando una nueva era de trabajo decente para los marineros y condiciones justas de competencia para los armadores en la industria del transporte marítimo mundial.

“Este Convenio es un hito en la historia marítima”, declaró el Director General de la OIT, Guy Ryder. “Es el fruto del diálogo tripartito y de la cooperación internacional, que posibilita el impulso de condiciones decentes de trabajo y de vida de los marineros, así como de condiciones justas para los armadores en la más globalizada de las industrias.”

“Pido a todos los países con intereses marítimos que lo ratifiquen – si aún no lo han hecho – y urjo a los gobiernos y a los armadores a trabajar eficazmente para aplicar este Convenio”, agregó Ryder.

El nuevo Convenio se convierte en vinculante en virtud del derecho internacional el 20 de agosto. Para su entrada en vigor fue necesaria la ratificación por parte de 30 Estados miembros de la OIT, que representan más de 33 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial. Hasta la fecha, han ratificado el Convenio más de 45 Estados miembros de la OIT que representan más del 70 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial*.

El Convenio cuenta con el pleno apoyo de la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF), que representa a los marineros, y de la Federación Internacional de Armadores (ISF), las cuales desempeñaron un papel clave durante los cinco años de su desarrollo y en la adopción del Convenio durante una sesión extraordinaria de la Conferencia Internacional del Trabajo en 2006.

El MLC, 2006 cuenta también con el apoyo de la Organización Marítima Internacional (OMI), que supervisa el sector del transporte marítimo mundial, responsable de más del 90 por ciento del comercio mundial. La Unión Europea adoptó las directivas necesarias para dar curso al Convenio, mientras que París MOU y Tokio MOU – organizaciones regionales de control estatal de los puertos – han adoptado directrices en conformidad con el MLC, 2006 para fortalecer las inspecciones estatales de control portuario.


Normas Internacionales del Trabajo de la OIT. 
 
“Ahora Incumbe a todos garantizar que la ratificación y aplicación  legal se traduce en las legislaciones y en la práctica, de manera que los marineros puedan beneficiarse realmente de la protección del Convenio y que los armadores que cumplen con los requisitos de trabajo decente del Convenio puedan disfrutar de los beneficios que ofrece.”

“Es además urgente garantizar que los Estados miembros de la OIT con intereses marítimos ratifiquen el Convenio”, señaló Doumbia-Henry. “La OIT seguirá trabajando con los gobiernos, con las organizaciones de los marineros y de los armadores y con otros actores importantes de la industria marítima para contribuir con el logro de los objetivos del MLC, 2006.”

El Convenio reúne en un sólo instrumento los estándares internacionales mínimos para garantizar un trabajo decente para los marineros y, al mismo tiempo, ayudar a proporcionar reglas de juego equitativas para los armadores de calidad que operan bajo el pabellón de los países que han ratificado el MLC, 2006, al promover la competitividad a través de un transporte marítimo fiable y seguro. El objetivo es garantizar que las condiciones de trabajo decente van de la mano de una competencia justa.

*El 20 de agosto 2013 el MLC, 2006 entrará en vigor y se convertirá en vinculante en virtud del derecho internacional para los primeros 30 países con ratificación registrada el 20 de agosto 2012. Para todos los otros países que lo han ratificado, entrará en vigor 12 meses después de que hayan registrado su ratificación.

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